Damos a conocer el proyecto de módulo de cálculo de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal (IT) que está abordando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) junto con la Tesorería General de Seguridad Social (TGSS). Su objetivo establecer un cálculo común de la base reguladora de la prestación de IT y presentar a las empresas el importe a deducirse de pago delegado, antes de la liquidación de las cotizaciones mensuales.
Desde enero de 2025, el INSS comunica mensualmente a las Mutuas las bases reguladoras de IT calculadas en función de la base de cotización consolidada comunicada por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con la finalidad de identificar discrepancias y consensuar un método de cálculo común entre el INSS y las Mutuas, trabajando conjuntamente para aclarar y ajustar los aspectos planteados.
Uno de los criterios asumidos, y que modifica el que hasta ahora se estaba aplicando en Mutualia, es tener en cuenta el porcentaje de jornada realizada efectivamente por la persona trabajadora en la fecha del hecho causante (la baja médica), como determinante para el cálculo de la base reguladora de la prestación. Esto quiere decir que, aunque tenga suscrito un contrato a tiempo parcial si en la fecha de baja se encuentra realizando jornada completa y así consta notificado a TGSS el correspondiente CTP al 100%, se aplicará la norma general de tiempo completo, esto es, base de cotización correspondiente al mes anterior a la baja médica, o de los días cotizados en esta modalidad si no llega a mes.
Si en la fecha de la baja se encuentra trabajando a tiempo parcial, aunque existan variaciones de parcialidad, siempre que no alcance el 100% de jornada y se trate del mismo contrato, se tomará la cotización realizada los 3 meses anteriores al previo del hecho causante. Caso de que exista en dicho periodo jornadas trabajadas al 100% (que consten comunicadas a la TGSS) se detiene el cómputo (dado que se asimila a un cambio de contrato a tiempo completo).
Del mismo modo, si en un contrato a tiempo completo, existen periodos de jornada parcial el mes anterior a la baja, se detiene el cómputo para el cálculo de la base reguladora al llegar a dicha situación.
La finalidad de este cambio de criterio es adecuarlo al espíritu de la norma que consiste en sustituir las rentas devengadas en el momento del hecho causante. Mutualia acoge esta forma de cálculo de la Entidad Gestora, dado que en breve el INSS comenzará a enviar a las empresas, a través de Fichero INSS Empresas (FIE) aplicando estos criterios, las bases reguladoras de IT cuando la entidad responsable de la prestación sea una Mutua.
Finalmente les informamos que el INSS ha iniciado ya el desarrollo de un módulo de intercambio con la TGSS que permitirá en el futuro comunicar los importes correspondientes a las deducciones por IT pago delegado, aplicables a cada persona trabajadora y tramo de cotización. El objetivo de este trabajo conjunto es que, a medio plazo, la TGSS pueda incorporar directamente dichas deducciones en el proceso de liquidación de cuotas.
Esperamos que esta información les resulte de utilidad y les recordamos que pueden consultarnos cualquier duda que puedan tener en relación con la aplicación de estas novedades.
