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Cotización en el RETA. Bases máximas y mínimas

La LPG/17 incluye determinadas novedades respecto del Régimen especial de trabajadores autónomos. Entre ellas señalamos las siguientes:

1.Se incrementan las bases mínimas de cotización del RETA en el 3%. Con efectos desde el 29-6-2017, la LPG/17 introduce una subida de la base mínima de cotización a la Seguridad Social que pasa de 893 a 920 euros. Esto supone que la cuota mínima mensual queda fijada 267 euros.

2. Actividad autónoma a tiempo parcial. Se aplaza nuevamente, hasta el 1-1-2019, la posibilidad de realizar la actividad por cuenta propia a tiempo parcial. Este aplazamiento incluye, además, una modificación de la L20/2007 art.25.4, según la cual desaparecer la mención a la aplicación supletoria de lo establecido por la LGSS respecto de los trabajadores a tiempo parcial.

3. Se modifica la Ley reguladora de la protección social de los trabajadores del sector marítimo pesquero (L 47/2015), respecto de los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen especial del mar para regula la relación entre IT y prestación por cese de actividad por causa de fuerza mayor motivada por una veda extraordinaria.

Tras dichas modificaciones el cuadro de cotizaciones para RETA, comparando las anteriores con las nuevas bases(columna LPG/17), quedaría de la siguiente manera.

Cuadro pdf

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