El Consejo de Ministros aprueba el nuevo sistema de incentivos a la contratación laboral
- Los incentivos a la contratación se focalizan en los contratos indefinidos
- Se simplifican y homogeneizan los requisitos de las empresas beneficiarias
- Para los contratos financiados mediante bonificaciones se establece que el empleador deberá mantener a la persona trabajadora en situación de alta al menos tres años desde el inicio del contrato incentivado
- En materia de bonificaciones a la Seguridad Social se establece una cuantía por cada mes natural completo
- Se mantienen las bonificaciones para las personas con discapacidad o víctimas de violencia de género o de violencias sexuales
- Se incentivan los contratos vinculados a la conciliación durante toda su duración
- Se elevan hasta el 75% las bonificaciones a la contratación indefinida en Ceuta y Melilla
Nuevas bonificaciones a la contratación
- Sustituciones en circunstancias especiales. Este es el único caso en el que se bonifica un contrato temporal. Cuando se contrate a una persona discapacitada desempleada para sustituir a otra persona discapacitada en incapacidad temporal, de 366 euros al mes durante el tiempo que dure la sustitución. También si se contrata a un menor de 30 años en desempleo para sustituir a una persona de baja por riesgo de embarazo o en lactancia o por nacimiento o cuidado de menor. En este caso se bonifican dos cotizaciones: la de la persona que se va y la de la que la sustituye, a razón de 366 euros por cada una y también durante el tiempo que dure la sustitución.
- Contratación indefinida de víctimas de violencia de género, sexual, trata, explotación laboral o prostitución. De 128 euros al mes durante cuatro años.
- Contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite. De 128 euros al mes durante cuatro años.
- Cambio de puesto por riesgo en el embarazo o la lactancia, o para adaptar su trabajo a una enfermedad profesional. De 138 euros al mes el tiempo que dure ese cambio.
- Contratación indefinida de personas en riesgo de exclusión social. De 128 euros al mes durante cuatro años. Si es el primer contrato en el año siguiente a salir de una empresa de inserción asciende a 147 euros al mes el primer año. Están en exclusión social: perceptores de rentas mínimas y su unidad de convivencia, quienes no puedan acceder a esas rentas mínimas por falta de tiempo en el padrón o de la unidad de convivencia o haberlas agotado, personas de entre 18 y 30 años que salgan de centros de menores, drogodependientes y otras personas con adicciones en rehabilitación, internos en centros penitenciarios que lo compatibilizan con trabajo y personas atendidas por centros de alojamientos alternativos o servicios de inserción social.
- Contratación indefinida de menores de 30 años con baja cualificación (que no tengan título de bachillerato ni ciclo formativo de grado medio) beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil. De 275 euros al mes durante tres años. Esta bonificación se aplicará a las contrataciones del primer año de vigencia del decreto ley. Se podrá alargar si hay fondos suficientes.
- Contratación indefinida de víctimas del terrorismo. De 128 euros al mes durante cuatro años.
- Contratación indefinida de parados de larga duración, inscritos como demandantes de empleo al menos 12 meses en los 18 anteriores. De 110 euros al mes durante tres años o de 128 euros en el caso de mujeres o mayores de 45 años.
- Transformación en indefinidos de contratos formativos (128 euros al mes durante tres años, 147 euros en el caso de mujeres) y de contratos de relevo (55 euros al mes o 73 en mujeres).
- Transformación de contrato de prácticas en socia trabajadora en cooperativas. De 138 euros al mes durante tres años. En el caso de ser una persona con discapacidad, durante toda la vigencia de la relación laboral.
- Personas desempleadas que pasen a ser socias de una cooperativa. De 73 euros al mes durante tres años. El primer año será de 147 euros en el caso de menores de 30 años o personas con una discapacidad de al menos el 33%.
- Contratos predoctorales para personal investigador. De 115 euros al mes el tiempo que dure.
- Contrato de formación en alternancia. Con varias bonificaciones, como 91 euros al mes, otras ayudas para compensar la tutorización en la empresa y 28 euros menos al mes para las cuotas que paga la persona trabajadora.
- Cambio de temporal a fijo discontinuo en la agricultura. De 55 euros al mes durante tres años, 73 euros en el caso de mujeres. Esta bonificación estará en vigor, por el momento, solo dos años desde la entrada en vigor de este decreto en septiembre.
- Empresas de turismo (u hostelería y comercio vinculados al turismo) que mantengan o den de alta a sus fijos-discontinuos durante los meses de febrero, marzo y noviembre. De 262 euros al mes esos meses concretos.
- Readmisión como indefinida de una persona cesada por incapacidad permanente. De 138 euros al mes durante dos años. En el caso de mayores de 55 años, también se aplica si se le contrata en otra categoría o en otra empresa.
- Contratación indefinida en Ceuta y Melilla en los sectores de la agricultura, la pesca, la industria (excepto energía y agua), comercio, turismo, hostelería y otros servicios, construcción, finanzas, seguros e inmobiliaria. De 262 euros al mes el tiempo que dure el contrato, siempre que se impartan acciones formativas de al menos 20 horas anuales.
Bonificaciones que continúan
- Contratos en empresas de inserción a menores de 30 años o de 35 si tienen discapacidad superior al 33%. De 147 euros al mes durante la vigencia del contrato o durante tres años en el caso de indefinidos.
- Contratación de personas con discapacidad, de 375 euros al mes durante todo el contrato, 425 en casos más agudos. Si se trata de una mujer, a esta cuantía se le suman 70,83 euros extra. Si es mayor de 45 años, 100 euros extra. También las del 100% de la bonificación para contrataciones en la ONCE de personas con discapacidad y el 50% en los contratos formativos.
- Contratación de empleadas del hogar, que además podrán beneficiarse de las de sustitución por menores de 30 años en riesgo en embarazo o cuidado de menor o de trabajadoras víctimas de violencia de género o sexual.
- Contratación de personal investigador, un 40% como hasta ahora, pero con un 5% extra nuevo en el caso de que sean mujeres o menores de 30 años.
- Contratación temporal de sustitutos para víctimas de violencia de género o sexual que suspendan su trabajo o pidan movilidad geográfica o cambio. Del 100% de la cuota.
Esta reforma de los incentivos a la contratación laboral y bonificaciones que aparecen reflejadas en el Real Decreto-ley 1/2023, ya publicado en el BOE, entrará en vigor en el mes de septiembre.
