CONSULTA-JURÍDICA
Volver

MUTUALEX CONSULTA JUNIO 2021

consulta juridica
Consulta Jurídica

¿Se aplican las mejoras voluntarias de Incapacidad Temporal previstas en Convenio a las situaciones de IT asimiladas a accidente de trabajo?

Con motivo de las situaciones previstas en el artículo 5 del Real Decreto ley 6/2020 por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, en el que como consecuencia del virus del COVID- 19 se reconoce como situación asimilada a accidente de trabajo los periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19, se plantea en la consulta la procedencia o no del abono del complemento previsto por el convenio para los supuestos de Incapacidad Temporal (en adelante IT) por Accidente de Trabajo (en adelante AT) en aquellos casos de IT asimilados a AT por aplicación del citado precepto legal.

Dada la proliferación de estos supuestos de IT asimilados a AT, ya que esta medida, que se dicta con carácter excepcional y se refiere exclusivamente a la prestación económica de incapacidad temporal, es aplicable tanto a las personas trabajadoras por cuenta ajena y por cuenta propia, de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, ha posibilitado que la cuestión planteada ya haya tenido la oportunidad de ser analizada en sede judicial con motivo del ejercicio de una acción de conflicto colectivo, obteniendo las personas demandantes una respuesta negativa por la Audiencia Nacional en su reciente sentencia de 13 de mayo de 2021 (Nº de Recurso: 406/2020) cuyos razonamientos resultan de directa aplicación para resolver la cuestión planteada concluyendo que

“la mejora voluntaria contemplada en el precepto convencional, no pueda hacerse extensiva a las situaciones contempladas en el artículo 5 del Real Decreto ley 6/2020 como consecuencia del virus del COVID- 19.”

Resulta por lo tanto de interés reproducir sintéticamente los razonamientos jurídicos en que se basa la decisión judicial :

“A falta de previsión expresa en la regulación que implanta la mejora voluntaria debe regir lo que dispone la normativa aplicable a la prestación de incapacidad temporal y ello porque las mejoras voluntarias de la Seguridad Social no tienen naturaleza autónoma o independiente, sino que está en función de la propia dinámica de la prestación a la que mejoran. Por ello, las dudas atinentes a la determinación del alcance de dichas mejoras deben resolverse atendiendo a la conceptuación de la contingencia mejorada.

El elemento decisivo es la etiología de la incapacidad temporal, el accidente de trabajo definido como toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

En el caso concreto aquí enjuiciado no concurren todos y cada uno de los requisitos antes expresados delimitadores del concepto legal de accidente de trabajo, ya que, efectivamente, los periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19, no son situaciones incardinarles dentro de la noción de accidente de trabajo.”


Susana Castaños

Directora de Asesoría Jurídica y de Cumplimiento Corporativo

Noticias relacionadas