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Trabajadoras y trabajadores autónomos deberán comunicar los partes de accidente a través del sistema Delta

*NOTA: Procedimiento actualizado año 2021. Consulte aquí los pasos a seguir.

Desde el 1 de enero de 2019, los trabajadores autónomos han comenzado a cotizar de manera obligatoria por Contingencias Profesionales. Esto significa que reciben una protección integral por parte de la mutua, tanto en caso de enfermedad común como en situaciones de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Obligación comunicación de los partes de accidente a través del sistema Delta



Por lo tanto, a partir de ahora, si un trabajador autónomo sufre un accidente de trabajo, tanto con baja como sin baja, tendrá que realizar obligatoriamente el Parte de Accidente y comunicarlo a través del sistema Delta.


https://delta.empleo.gob.es/Delta2Web/info/faq/faq.pdf

¿Cómo se deben cumplimentar los Partes de Accidente de Trabajo de trabajadores autónomos?



· Trabajadores autónomos con asalariados: si la persona accidentada es el autónomo debe dar el parte como si fuera un autónomo sin asalariados. Si se accidentan sus asalariados, se debe dar el parte como un trabajador cualquiera del Régimen General.

· Trabajadores autónomos sin asalariados: en los partes de los autónomos sin asalariados no hay que rellenar el Código de Cuenta de Cotización (CCC) y hay que activar dentro del Parte de Accidente de Trabajo la opción de Autónomos sin asalariados.


¿Me pueden sancionar si no presento los Partes de Accidente?


Sí, puesto que es una infracción que puede ser sancionada por la Inspección de Trabajo (Art. 11 y 12 R.D. Legislativo 5/2000).

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