Más protección para los usuarios vulnerables de la vía
A partir del 1 de octubre de 2026 entrará en vigor el Real Decreto 518/2026, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003), con un objetivo claro: proteger a los usuarios más vulnerables de la vía —peatones, ciclistas, usuarios de patinetes y motoristas— y adaptar las normas a una movilidad más segura y sostenible.
- Motociclistas y ciclomotores (conductor y pasajero)
- Calzado cerrado obligatorio en todo tipo de vías.
- Guantes de protección obligatorios en vías interurbanas (mientras no se publique la orden ministerial técnica, sirven los guantes actuales).
- Casco homologado obligatorio (no basta con que esté certificado).
- Uso profesional (riders): chaleco reflectante siempre.
- Novedad: se permite circular por el arcén derecho en atascos, hasta 30 km/h y solo si está señalizado.
El incumplimiento de cualquiera de estos puntos es infracción grave: 200 €.
- Ciclistas
- Casco obligatorio en vías interurbanas: se eliminan las exenciones actuales.
- Uso profesional: casco y chaleco reflectante siempre.
- Al adelantar a un ciclista en vía interurbana, los coches deben reducir 20 km/h respecto al límite y dejar 1,5 m de separación, cambiando de carril si hay más de uno.
- En ciudad: el ciclista debe circular preferentemente por el centro del carril; los vehículos deben dejar 5 m con el ciclista que le precede.
- Vehículos de movilidad personal (patinetes, VMP)
- Edad mínima para conducirlos: 15 años.
- Casco obligatorio siempre, y luces siempre encendidas.
- Elemento reflectante obligatorio de noche o con poca visibilidad.
- Prohibido circular por aceras; fuera de poblado, solo por vías o carriles ciclistas.
- Uso profesional: casco y chaleco reflectante siempre.
Incumplirlo también es infracción grave: 200 €.
- Cinturón de seguridad
- Obligatorio para todos los ocupantes, sin excepciones: incluye taxis, vehículos de mercancías y autoescuelas.
- Única excepción: pasajeros de ambulancias asistenciales que viajan en el habitáculo del paciente durante un servicio de urgencia.
- Carril de emergencia y circulación con nieve
- En retenciones, los vehículos deben abrirse hacia los laterales dejando un pasillo libre para el paso de vehículos de emergencia.
- Con nieve en autopistas y autovías: prohibido adelantar y hay que dejar libre el carril izquierdo para quitanieves y emergencias.

- Semáforos en pasos de peatones
- La luz amarilla intermitente para los vehículos ya no podrá coincidir con el verde de los peatones, para evitar atropellos en el cruce.
- Caminos escolares seguros
- Se regulan por primera vez las vías acondicionadas para que los niños y niñas vayan al colegio andando, en transporte público o en medios no motorizados.
- Autocaravanas
- Al aparcar, no se pueden desplegar elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo.
- Solo pueden apoyarse en neumáticos, calzos o cuñas; queda prohibido verter fluidos.
- Calles de un solo carril limitadas a 30 km/h
- Si están señalizadas, podrán permitir la circulación en ambos sentidos para bicicletas y VMP.

Estas novedades afectan a todos: quienes conducimos un coche, una moto o un patinete, quienes vamos en bici o quienes simplemente cruzamos un paso de peatones. Conocerlas con antelación —antes del 1 de octubre— es la mejor forma de adaptarnos sin sobresaltos y de evitar sanciones. Pero, sobre todo, de cuidarnos los unos a los otros en la vía.
Respeta, comparte y protege: todos somos usuarios de la vía.
Fuentes:
-Ministerio del Interior / Dirección General de Tráfico (DGT): nota de prensa “Interior actualiza el Reglamento General de Circulación para mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía”, 23 de junio de 2026 (www.dgt.es).
-Real Decreto de modificación del Reglamento General de Circulación, aprobado en Consejo de Ministros el 23 de junio de 2026 (Boletín Oficial del Estado).
-Infografía “Actualización del Reglamento General de Circulación”, Cnae Editorial.
