El 5 de julio, el BOE publicó la orden SND/726/2023, del 4 julio, por la que se hace público el acuerdo del Consejo de Ministros , por el que se declara el fin de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
Con el fin de aclarar las medidas que perdieron su vigencia con posterioridad a la publicación de la orden SND/726/2023, la Dirección General del INSS ha elaborado un criterio administrativo aclaratorio, en el cual se establece que las siguientes decae a partir del 26 de julio de 2023, Medidas relacionadas con COVID-19:
Disposición adicional cuarta de la Ley 10/2021, de 9 de julio.
Artículo 6 y disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero.
Artículo quinto del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo.
Como consecuencia de lo anterior sucederá lo siguiente:
Todos los procesos de Incapacidad Temporal (IT) con fecha anterior al 26 de julio de 2023, que hubieran sido tratados de acuerdo con las medidas excepcionales señadas con anterioridad, conservarán la situación inicial hasta su finalización por alguna de las causas legalmente establecidas. La información contenida en los partes médicos de estos procesos informáticos se trasladará en adelante a través del Fichero INSS Empresas (FIE).
Todos los procesos de IT con fecha de baja del 26/07/2023 en adelante, con diagnóstico de infección COVID-19, dejarán de tener la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo para la prestación económica de incapacidad temporal. La información contenida en los partes médicos de estos procesos de IT se comunicará a través del FIE.
Los procesos de Incapacidad Temporal diagnosticados de infección por COVID-19 con fecha posterior al 26/07/2023, con indicador ‘S’ recaída de un proceso COVID de fecha anterior mantendrán consideración de situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal.
Por último, se deja de considerar, derivada de accidente de trabajo la prestación de incapacidad temporal con diagnóstico de infección COVID-19 que cause, en el ejercicio de su profesión, el personal que presta servicios en centros sanitarios o sociosanitarios, salvo para los casos de fallecimiento que se regirán por lo previsto en el artículo 217.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Mutualia a lo largo de su trayectoria ha ido trabajando en el compromiso de ofrecer una asistencia sanitaria cercana y de calidad. El pasado 4 de mayo el Dr. Julio Zarco Rodríguez, presidente de la Fundación Humans, hizo entrega a Mutualia del Certificado Humans (grado A), certificación que reconoce la implantación de medidas de humanización y calidad en la asistencia sanitaria.
Hoy tenemos la oportunidad de entrevistar a la Dra. Cristina Perucho, médica rehabilitadora de Mutualia y responsable del Comité para la Personalización de la Asistencia Sanitaria.
¿Qué entendemos por humanización en la asistencia sanitaria?
El concepto de humanización hace referencia al conjunto de interrelaciones mutuas entre los profesionales sociosanitarios, las organizaciones y los pacientes. Es un deber de los profesionales y las organizaciones sanitarias aproximarse al paciente y a su entorno familiar.
Comprende un conjunto de actividades e iniciativas que garantizan una atención humana, una manera cercana de aproximarse al paciente y a su entorno familiar, centrada en sus necesidades y preferencias. Ello significa comprender a la persona, ponerse en su lugar y entender sus demandas. Mostrar sensibilidad, compresión, cercanía, empatía; dar información, apoyo, confianza y seguridad. Pero también, ser eficiente en la asistencia, tener circuitos asistenciales ágiles, que eviten esperas, que la coordinación entre los profesionales sea la más adecuada, y también unas instalaciones que favorezcan un clima de acogida, tranquilidad y confort, junto a la tecnología necesaria para una medicina de vanguardia.
Existen muchos factores que pueden contribuir a no dedicar la importancia necesaria a la persona (tanto paciente como profesional) como ser humano: la tecnología, el trabajo a turnos, la rotación de profesionales, el lenguaje técnico, la atención de pacientes por diferentes especialistas, las esperas, la propia organización del trabajo y las estructuras de los edificios, etc.
Mutualia ya comenzó en el Plan Estratégico 2015-2017 con el desarrollo de un plan de humanización para dar respuesta a este reto.
¿Qué iniciativas se han ido implantando en Mutualia?
En Mutualia se han ido desarrollando varias iniciativas que se alinean con el concepto de humanización/personalización de la asistencia. A destacar:
Unidad Sanitaria de Enlace (USE). Es la unidad de referencia de enfermería que gestiona la coordinación de profesionales de los diferentes niveles asistenciales y moviliza los recursos necesarios para garantizar una atención integral.
Espacio H. Gracias a esta iniciativa en favor de la humanización de la asistencia sanitaria, contamos con una sala de espera para que pacientes y familiares puedan disfrutar de un entorno confortable y acogedor.
Proyecto Educator. Proyecto orientado a la difusión de conocimientos sanitarios e higiénico-sanitarios con el objetivo de contribuir a una mejora preventiva y sanitaria, orientada a una política de educación al paciente, a familiares y a la sociedad en general.
Sistema Zeinuka. Con este sistema aseguramos una correcta comunicación entre profesional y paciente con discapacidad auditiva, contribuyendo a cumplir con el compromiso de mejora de la seguridad de pacientes.
Argigarria. Facilitamos a nuestros pacientes con ingreso quirúrgico vídeo-guías sobre cirugía programada.
Proyecto SueñOn. Hemos incorporado en nuestras clínicas este proyecto, con el fin de promover el descanso de las personas hospitalizadas.
Posteriormente surge el Comité de Personalización de la Asistencia Sanitaria. ¿Cuál es su principal objetivo y qué personas lo componen?
El principal objetivo del Comité de Personalización de la Asistencia Sanitaria (COPA) es dar continuidad al trabajo iniciado por parte de la Comisión de Humanización, que como muchas otras iniciativas se había visto enlentecido por la pandemia, y aportar un nuevo impulso y sistemática, con el objetivo de profundizar y avanzar en el cambio de paradigma a nivel asistencial, que supone poner el foco de la asistencia en las personas. En la asistencia sanitaria actual lo prioritario es el cuidado de las personas, tanto de los pacientes como de los profesionales.
Mutualia cuenta con tres clínicas: Ercilla en Bilbao, Pakea en San Sebastián y HAR en Vitoria-Gasteiz, además de 15 centros asistenciales. La composición del Comité es muy heterogénea contando con personas de los tres territorios.
A día de hoy el Comité está constituido por 16 personas de diferentes perfiles (auxiliares, enfermería, fisioterapia, administrativos, médicos y técnicos de gestión de edificios) y se organiza en 5 áreas de trabajo.
La situación ideal será que, de alguna manera, todas las personas de Mutualia acabemos formando parte, ya sea proponiendo acciones, traccionando de nuestros compañeros, o como integrantes directos del Comité en este proyecto.
¿Cómo se ha llevado/se está llevando/se va a llevar la implantación del plan de personalización en Mutualia?
Hay varias fases de actuación:
1.- Liderazgo del comité
La puesta en marcha de las diferentes medidas tiene que hacerse de manera estructurada y paralela en los diferentes centros. Por lo que es importante la participación de todos los profesionales de los centros. El comité lidera la puesta en marcha y seguimiento y una de las personas del comité es quien coordina y gestiona el trabajo que desarrolla el comité.
2.- Análisis de situación
Tras un primer análisis de la situación, hay que conocer y dar voz a la opinión del paciente. Para ello se han realizado encuestas a los pacientes. Los datos han de ser analizados para conocer cómo se está realizando el trabajo y que aspectos se han de tener en cuenta. También se han realizado grupos focales en los que los pacientes expresan sus inquietudes y necesidades y aportan su visión, ideas y propuestas de mejora.
Otro factor de suma importancia es importante la implicación de los profesionales sanitarios para identificar oportunidades y retos, no podremos dar una asistencia personalizada al paciente si nuestros profesionales no están preparados e implicados en este enfoque y si las condiciones de su día a día no favorecen este clima.
3.- Objetivos
Tras el análisis de situación y la priorización de medidas de mejora propuestas en el plan, el comité es responsable de analizar y ordenar las acciones. Por lo que se establece un plan de actuación, en el que se recogen las medidas a implementar con un responsable por acción, y con su correspondiente cronograma. En definitiva, se configura el Plan de Acción del COPA para los próximos años.
4.- Seguimiento de actividades
Cada una de las medidas que ponemos en práctica, cuenta con un grupo de trabajo compuesto por diferentes profesionales y está liderado por un miembro del comité. Se establece una reunión mensual del comité para seguimiento de la evolución del Plan, así como opiniones y sugerencias.
5.- Impacto de las mejoras implementadas
Es importante hacer un seguimiento de las mejoras, estableciendo indicadores y fuentes de información, como por ejemplo la realización de encuestas con el objetivo de cumplir con las medidas propuestas.
Tal y como hemos comentado, Mutualia cuenta ya con la certificación (grado A) que otorga la Fundación Humans. ¿Qué ha supuesto esta colaboración con la Fundación Humans y la obtención de la certificación?
La colaboración con esta Fundación nos ha permitido realizar un trabajo de análisis profundo sobre cómo llevamos a cabo nuestra actividad asistencial, viendo las posibilidades de mejora y fijando las líneas a seguir.
La certificación se alinea dentro de la cultura de nuestra organización de buscar sistemas normalizados. Supone un reto para seguir avanzando en la mejora de la atención, teniendo en cuenta las necesidades de los pacientes y su entorno y de los profesionales sanitarios por igual.
En este apartado de la Unión de Federaciones Deportivas Vacas-Euskal Kirol Federazioen Batasuna (UFDV-EKFB), en el que informamos cada mes de las noticias más relevantes que atañen al deporte vasco, nos centramos este verano en las distintas competiciones en las que se dejan ver las Euskal Selekzioak en modalidades diversas.
Por ejemplo, la Euskal Selekzioa de hockey hierba disfrutó de un gran fin de semana de competición en julio, en el que consiguió el triunfo en la Basque International Country Cup, tras imponerse al combinado de Portugal con un balance total de tres victorias y un empate. La jornada del sábado 8, disputada en las instalaciones donostiarras de Bera Bera, vio cómo la Euskal Selekzioa femenina derrotó a Portugal por 3-0. En categoría masculina, el choque terminó en tablas. Ya en la del domingo 9, la Euskal Selekzioa firmó un doblete en los enfrentamientos que tuvieron lugar en Jolaseta (Getxo). Las chicas ganaron por un contundente 6-0 al combinado luso. Mucho más parejo fue el encuentro entre las selecciones masculinas, que terminó con empate a uno. En el ‘shoot out’ para el desempate, Euskadi anotó tres tantos frente a los dos de los portugueses, confirmando así el triunfo de la Euskal Selekzioa. Estos partidos fueron organizados con el apoyo de la Federación Vasca de Hockey y la Unión de Federaciones Deportivas Vascas.
Por su lado, la Euskal Selekzioa senior masculina de balonmano había retornado dentro de la Basque Country International Cup. Jugó tres partidos amistosos ante Finlandia con dos partidos ganados y uno perdido. El primero fue en Vitoria, en la pista de Corazonistas, con victoria por 33-29; el segundo en Zumárraga en el Ispilla Kiroldegia, con nuevo triunfo por 38-30; y el tercero en Elgoibar (Olaizaga Kiroldegia), con victoria finlandesa por 33-37. Además, la Euskal Selekzioa de waterpolo se impuso en el Torneo Internacional Habawaba en Atenas (Grecia) en categoría infantil femenina. Estuvieron presentes en este campeonato de gran tradición 50 equipos de Grecia, Bulgaria, Chipre o Italia. En su categoría, la Euskal Selekzioa derrotó al NC Chania (Grecia) en la final. La Euskal Selekzioa hizo una primera fase perfecta -venció en sus 4 partidos-, superó una semifinal durísima y ganó una final emocionante en la tanda de penaltis tras empatar a 8.
Y la Euskal Selekzioa de Hockey Sobre Patines ha regresado a finales de julio a la ciudad asiática de Macao, donde obtuvo el título hace unos años. El Torneo Internacional en el que toma parte cuenta con la participación de Macao, India, China Taipéi, Nueva Zelanda y la Euskal Selekzioa, que compite bajo el nombre Basque Country. Macao es el destino de una selección vasca que acude por los actos de celebración del 40º Aniversario de la Federación de Patinaje de Macao, región en la costa sur de China.
También, la Unión de Federaciones Deportivas Vascas-Euskal Kirol Federazioen Batasuna y la Federación Vasca de Automovilismo, con la colaboración del Gobierno Vasco, presentaron la segunda temporada de la escudería de automovilismo Euskal Selekzioa, liderada por el piloto Joseba Iraola y que representa por segundo año a Euskadi. Además, lo hace con gran éxito en varias pruebas internacionales del Campeonato de Europa de carreras de montaña.
El acto de presentación tuvo lugar en la explanada del Itsasmuseum de Bilbao con la participación de Gorka Iturriaga, director de deportes del Gobierno Vasco, de Ángel Gurrutxaga, presidente de la UFDV-EKFB, y del propio piloto, que sigue muy ilusionado con la iniciativa. “Es un honor seguir con este bonito proyecto y, además, con unos resultados increíbles por diferentes lugares de Europa. Hemos estado en seis podios, entre los mejores y demostramos que podemos estar arriba. Es un sueño hecho realidad”, comentó Iraola en una concurrida presentación.
Por su lado, este verano, puedes disfrutar de todas las ventajas que te ofrece EuskalkirolaKluba. Únete y tendrás descuentos en miles de artículos y experiencias en todo tipo de categorías: viajes, comercios, restaurantes, ocio, formación, tecnología, alimentación, salud… Comprando consigues reembolsos que vas almacenando en tu hucha virtual. ¿Quieres saber más? Entra en www.euskalkirolakluba.contigomas.com.
Disposiciones de interés general, publicadas en los boletines (B.O.E., B.O.P.V., B.O.T.H.A., B.O.B., B.O.G. y D.O.U.E.), Semana del 15 al 21 de julio del 2023.
La hostelería, es una de las actividades que en verano la tarea se intensifica, los horarios se alargan, se trabaja en interior y en el exterior donde las temperaturas pueden ser también un hándicap negativo. Aquí hay algunas sugerencias que podrían ayudarte a lidiar con el cansancio y mantener un buen estado físico.
Todas las personas trabajadoras tendrían que:
Realizar un descanso adecuado: Asegurarse de dormir lo suficiente cada noche para permitir que tu cuerpo se recupere. El sueño adecuado es fundamental para mantener altos niveles de energía y rendimiento.
Realizar una alimentación equilibrada: Intentar mantener una dieta saludable y equilibrada. Incluye alimentos ricos en nutrientes como frutas, verduras, proteínas magras y granos enteros. Evita las comidas rápidas y los alimentos procesados, ya que pueden afectar negativamente tu energía.
Mantenerse hidratado: Beber suficiente agua a lo largo del día es esencial para mantener la actividad y evitar la deshidratación. Es recomendable tener siempre a mano una botella de agua para mantener una hidratación adecuada durante tu jornada laboral.
Tener una actividad positiva y enfocarse en los aspectos gratificantes. Celebrando los logros.
Si bien el trabajo conlleva movimiento físico, es recomendable incorporar actividades adicionales fuera de la jornada laboral: puede ser un paseo o cualquier otra actividad física que te resulte gratificante y estimulante. Ello ayuda a fortalecer el cuerpo y aumentar los niveles de energía.
Para mantener la flexibilidad y prevenir lesiones proponemos realizar estiramientos al comenzar, al finalizar o durante tu jornada laboral. Es decir, realizar pausas regulares, aprovechando los momentos de descanso durante tu jornada para relajarse y recargar energías. Los estiramientos también pueden ayudar a relajar los músculos tensos y reducir la sensación de cansancio. Basta un breve descanso, realizando 2 ejercicios te ayudará a mantener un nivel de energía constante.
Facilitamos una serie de Pausas activas para actividades de:
Camarero/a de barra
Camarero/a de sala
Cocina
Pero si quieres una rutina concreta para tu actividad dependiendo de tus riesgos, ponte en contacto con la Asesoría de prevención.
¿Es posible solicitar que se deje sin efecto una pensión de jubilación reconocida?
El Tribunal Supremo (TS) en su reciente sentencia n º 320/2023 de 26 de abril de 2023, (Rec. 2860/2020), casa y revoca la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en fecha 7 de julio de 2020, que había revocado la sentencia del juzgado de lo social n º 6 de Alicante de fecha 22 de marzo de 2019, y por tanto estima la demanda del trabajador y deja sin efecto la resolución del INSS que reconoció la pensión de jubilación al trabajador.
El trabajador, con fecha 30.05.2018 procedió a instar expediente ante el INSS de solicitud de pensión de jubilación, habiéndose emitido resolución por parte de la entidad gestora en fecha 13.06.2018 concediendo el derecho a la prestación de jubilación. Frente a dicha resolución el trabajador interpuso reclamación previa solicitando se dejara sin efecto la prestación concedida, emitiendo resolución el INSS de fecha 9.08.2018 negando la posibilidad de dejar sin efecto la pensión concedida por entender que se estaba realizando una renuncia a prestaciones no permitida por el art.3 de la Ley General de la Seguridad Social, (LGSS).
En ese recurso de Casación para Unificación de Doctrina, fundado en la contradicción de la sentencia recurrida con la dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, (Sede Sevilla), de 17 de marzo de 2011, (recurso 187/2006), como fija el Tribunal Supremo en su sentencia, el debate jurídico planteado se circunscribe a resolver si es posible dejar sin efecto por voluntad unilateral del trabajador beneficiario una prestación de jubilación ya reconocida y poder solicitar posteriormente la misma prestación mejorada como consecuencia de cotizaciones futuras.
Así por tanto, la cuestión que se somete a la consideración en el presente recurso de casación para la unificación de doctrina, es determinar si nos encontramos ante una renuncia a una prestación reconocida, y que la entidad gestora entiende como nula por aplicación de lo preceptuado en el art.3 LGSS que no permite la renuncia a los derechos otorgados en la LGSS, o por el contrario como se mantiene por parte del recurrente, no nos encontramos ante una renuncia, y sí ante una solicitud de dejar sin efecto ese derecho, no haciendo uso de esa prestación manteniéndose en activo para poder volver a solicitarlo posteriormente cuando lo estime más oportuno.
El TS en su sentencia resuelve la cuestión fijando que la decisión unilateral del beneficiario no es contraria a derecho, y por tanto no vulnera mediante una ilegalidad lo señalado en el art.3 LGSS, ya que el mismo no está procediendo a realizar una renuncia a un derecho expulsando el mismo de su patrimonio, sino lo que está solicitando es de manera unilateral y voluntaria que la prestación se deje sin efecto de manera temporal para poder seguir generando un mejor derecho, y poder solicitarlo posteriormente.
A tal respecto debemos tener en consideración que la solicitud de la prestación de jubilación no tiene el carácter de obligatoria para las personas que cumplan la edad legal de jubilación, y de igual modo no existe norma que prevea la posibilidad de dejar sin efecto la prestación de jubilación reconocida, pero tampoco existe norma que impida tal solicitud, por lo que no está previsto como causa de extinción de la prestación reconocida.
En consecuencia, la sentencia reconoce el derecho del beneficiario a dejar sin efecto la prestación de jubilación reconocida, pudiendo proceder a solicitarla posteriormente en base a los nuevos periodos y bases cotizadas con posterioridad.
No son pocas las empresas que ante la falta de mano cualificada acaban acercándose a los centros de formación de menores buscando mano de obra con cierta cualificación y que pueda desarrollar las actividades propias de su actividad. Una vez encontrado el perfil adecuado, y surgiendo el interés por la contratación del mismo, les surge la duda de si pueden contratar a un menor de edad y en qué condiciones.
La primera cuestión que se plantea es, ¿desde qué edad es legal que un menor trabaje en España? Como señala el artículo 6 del Estatuto de los Trabajadores, la edad por norma general mínima es la de 16 años, ya que si se tiene menos de esa edad no se podrá trabajar ni con autorización de los padres, salvo contadas excepciones, como son los menores de 16 años que trabajan en espectáculos públicos, debiendo solicitar autorización previa de la oportuna autoridad laboral.
La segunda cuestión que se nos suscita es, ¿quién puede o debe firmar los contratos para la prestación de servicios laborales de los menores de edad? Con relación a esta cuestión debemos diferenciar si el menor tiene más de 16 años en cuyo caso podrá firmarlo él mismo, si vive de forma independiente o está emancipado, necesitando solo el consentimiento de los padres o tutores legales de los mismos. Para los menores de 16 años los contratos irán firmados por sus progenitores o tutores legales, ya sea persona física o la institución que tenga atribuida la tutela.
Una vez superadas las dos primeras cuestiones debemos señalar que existen tanto unas condiciones especiales para el trabajo de los menores, como una serie de actividades que están vedadas para los mismos.
En relación a las circunstancias especiales para el trabajo, debemos señalar que no podrán realizar trabajos nocturnos, ni pueden realizar horas extras, ni jornadas de más de 8 horas, (en estas 8 horas estará incluido el tiempo dedicado a la formación), y si la jornada excede de 4,5 horas deberá descansar como mínimo 30 minutos, y el descanso semanal será de 2 días debiendo ser el mismo de carácter ininterrumpido.
De igual manera, existen una serie de trabajos que los menores no podrán realizar por estar prohibida su realización a los mismos; a tal respecto y como normativa aplicable está la Directiva 94/33 CEE de 22 de junio, que prohíbe la contratación de menores:
En trabajos, que superen de manera objetiva sus capacidades físicas o psicológicas.
Los trabajos que supongan exposición a agentes tóxicos, cancerígenos, que produzcan alteraciones genéticas hereditarias.
Las actividades que impliquen exposición nociva a radiaciones.
Las tareas que presenten riesgos de accidentes, que por la falta de consciencia, experiencia o formación de los jóvenes, no puedan identificarlos o prevenirlos.
Las actuaciones que pongan en peligro su salud por exponerles a frío o calor, ruido o vibraciones.
Por otro lado, está el Decreto de 26 de julio de 1957 que establecía las limitaciones tanto al trabajo de menores como al de la mujer, debiendo interpretarse conforme a la situación legal actual, y por lo tanto eliminando cualquier tipo de alusión a diferencias por razón de sexo, señalando este decreto cuáles son las actividades prohibidas para los menores:
1.-. Así se veda el trabajo a los menores, en 236 actividades. Remitiéndonos a la lectura de la norma para las actividades concretas dado lo extenso de la misma.
2.- No permite el engrase, limpieza o reparación de máquinas o mecanismos peligrosos
3.- Impide el manejo de máquinas, utensilio o herramientas, cuya manipulación entrañe un peligro notorio de accidentes, salvo que exista un dispositivo de seguridad que aparte totalmente el peligro.
4.- Trabajos a más de cuatro metros de altura, salvo que se realice sobre suelo estable y continuo y que se hallen adecuadamente protegidos.
5.- Trabajos que resulten inadecuados para la salud de los trabajadores por implicar exceso de esfuerzo físico o ser perjudiciales a sus circunstancias personales
6.- Trabajos de empuje, arrastre o trasporte de cargas, que superen los límites de peso y tipología de trabajo establecidos en el Decreto.
7.- En el caso de que en el lugar de trabajo existan vapores, emanaciones de tóxicos o de sustancias pulvigenas perjudiciales, con peligro de incendio o de explosión los menores no solo no tendrán prohibida la realización de dichos trabajos sino incluso el estar en los centros de trabajos donde se desarrollen trabajos en esas condiciones.
Una vez contratado el menor, el empresario debe realizar una actuación en materia preventiva dirigida a la evaluación especifica de los riesgos para los menores con relación al puesto de trabajo a desarrollar por los mismos, así como el ambiente de trabajo en relación a la totalidad del centro de trabajo, y se deberá informar de los posibles riesgos tanto al menor como a los progenitores o tutores legales del mismo.
Finalmente, y muy importante para las empresas son las posibles consecuencias derivadas del incumplimiento o transgresión de las normas derivadas de la contratación de los menores, así como la inaplicación de las normas relativas a la seguridad y prevención en el trabajo.
Si una empresa realiza una contratación vulnerando las condiciones legales anteriormente expuestas, supondrá una infracción muy grave contemplada en el art. 8.4 de la LISOS, pudiendo ir la sanción de 7501.- € hasta 225.018.-€. Del mismo modo, si el incumplimiento se produce por la inaplicación de la normativa en materia de protección de la salud y seguridad de los menores, la infracción será considerada como muy grave por aplicación del art 13.2 LISOS y la sanción ira desde 49181.-€ hasta 983.736.-€.
¿Qué exoesqueleto necesitan mis trabajadores? El servicio InteX es una iniciativa innovadora de TECNALIA para favorecer la correcta adopción de los exoesqueletos.
“Queremos acompañar a las empresas y personas trabajadoras que sufren bajas por trastornos musculoesqueléticos en aquellos puestos de trabajo donde la tecnología de exoesqueletos pudiera ser de ayuda”, explica Leire Martínez, investigadora de TECNALIA. Es el objetivo de un nuevo servicio que permite analizar el puesto de trabajo, identificar qué exoesqueletos podrían tener sentido en ese puesto de trabajo y evaluarlos tanto en planta como en laboratorio mediante bancos de trabajo sensorizados que simulan con fidelidad el entorno real.
“El resultado será un análisis que nos permite medir el impacto del exoesqueleto en el puesto de trabajo a nivel muscular, eficiencia, rango de movimiento, etc. Una completa evaluación del impacto del uso de un exoesqueleto en el puesto de trabajo”, apunta la experta.
¿Cómo saber si a tu empresa le puede interesar este servicio?
Hay 3 claves básicas. Si actualmente:
Los trastornos musculoesqueléticos y las bajas por dolencias asociadas a los mismos son una preocupación en vuestra empresa.
Buscáis innovar en prevención de riesgos laborales.
Queréis mejorar la calidad de vida de vuestra plantilla.
Muchas empresas están en esa situación y se plantean incorporar exoesqueletos dentro de su proceso productivo, algunas incluso ya lo han probado. Sin embargo, en ocasiones no hay datos objetivos que permitan conocer o comparar su eficacia en los puestos de trabajo.
La iniciativa de TECNALIA ayuda a las empresas a analizar puestos de trabajo concretos, realizando una recogida de datos con la persona trabajadora operando con y sin exoesqueleto, lo que proporciona datos objetivos sobre el efecto que el exoesqueleto tiene o puede tener en la actividad en términos de impacto muscular, funcionalidad y eficiencia.
Este análisis cuantifica tanto los beneficios como las dificultades; un completo servicio que además se incluye en las próximas ayudas BDIH Konexio (en 2022 este programa de financiación cubrió el 80% del servicio).
Sin duda, el uso de exoesqueletos es cada vez más creciente en el ámbito industrial y la oferta ha ido creciendo en los últimos años, siendo también cada vez más complicado elegir el que mejor se adapte a las necesidades de las personas. Si alguna vez te has preguntado qué exoesqueleto es el que realmente necesita tu empresa, qué beneficios puede aportarte y qué inconvenientes o dificultades puede estar incorporando, esta nueva iniciativa puede darte la respuesta.
Disposiciones de interés general, publicadas en los boletines (B.O.E., B.O.P.V., B.O.T.H.A., B.O.B., B.O.G. y D.O.U.E.), Semana del 08 al 14 de julio del 2023.
Muchas personas eligen la bicicleta como medio de transporte para transitar por las vías públicas. Es barato, cómodo, saludable y, debido a su pequeña dimensión, fácilmente transportable. Es por esta última de sus cualidades por la que la bicicleta también es uno de los transportes menos visibles para el resto de los usuarios y por tanto más vulnerables.
Como es lógico, con la llegada del verano y tras el éxito del paso del Tour de Francia por nuestras carreteras el uso de la bicicleta en estas fechas aumentará. Por ello, resulta más que pertinente dar un repaso a las Normas de Circulación relativas a este tipo de vehículos. Normas cuyo conocimiento son de vital importancia tanto para los ciclistas como para el resto de usuarios y usuarias de la Vía Pública.
Teléfono móvil, NO. Mientras conducimos una bici está totalmente prohibido usar el teléfono móvil. También están prohibidos los auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido. Los auriculares limitan la capacidad auditiva y pueden provocar distracciones.
Advertir la frenada. El ciclista puede advertir una frenada brusca moviendo el brazo alternativamente de arriba a abajo, con movimientos cortos y rápidos. Esta es una señal aconsejable para evitar alcances, en ningún caso obligatoria, ya que requiere soltar el manillar en una reacción muy rápida.
Por el carril bici. Por seguridad, en ciudad y en carretera es siempre recomendable circular por los carriles bici, salvo señal que nos obligue.
Tasa de alcohol. La tasa máxima de alcoholemia para los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) también afecta a los ciclistas. Igualmente están obligados, como otros conductores, a someterse al test de alcoholemia si son requeridos por un agente. Recordemos que la única tasa de alcohol segura es 0,0.
Un pasajero de hasta 7 años. En bicicletas solo se permite llevar un pasajero de hasta 7 años de edad, en asiento adicional homologado, siempre que el conductor sea mayor de edad.
Uso de alumbrado. Siempre que circulen de noche, en pasos inferiores o por túneles, los ciclistas deben llevar las luces encendidas delante y detrás para ver y hacerse visibles.
Prioridad a los peatones. Los ciclistas también deben ceder el paso a los peatones, en los pasos para peatones debidamente señalizados y cuando giran para entrar en otra vía y hay peatones cruzándola, aunque no haya paso para ellos.
Prioridad de paso. Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulan por un carril bici, por un paso para ciclistas o por arcén debidamente señalizado. En el resto de las situaciones deben respetarse las prioridades de otros usuarios como establezcan las normas y las señales.
Grupos en glorietas. Los ciclistas cuando circulan en grupo gozan de prioridad –todos ellos, del primero al último– en las glorietas, al igual que en el resto de las intersecciones, cuando el primero de los ciclistas ya haya entrado en ella.
Iniciar la marcha. Antes de iniciar la marcha, todos los ciclistas deben –como el resto de los conductores–observar la vía a la que se va a incorporar, comprobar que no circulan otros vehículos cerca o que se encuentran tan lejos que no hay peligro alguno para iniciar la marcha y señalizar la maniobra.
Respetar las señales. Las señales de los semáforos, al igual que las verticales (stop, ceda el paso, velocidad limitada…), son para todos los conductores, incluidos los ciclistas.
Señalizar maniobras. Además de la incorporación a la circulación, en bici también es obligatorio señalizar otras maniobras, como los giros, los cambios de sentido y de carril. Las señales se pueden hacer tanto con el brazo derecho, extendiéndolo horizontalmente a la altura del hombro, como con el izquierdo, doblándolo en ángulo.
Además de estas normas generales, se aplican también otras normas más concretas para este tipo de vehículos:
En vías de poblado:
Casco. Aunque siempre es recomendable para todos, sólo es obligatorio para los menores de 16 años.
Pasos para peatones y pasos para ciclistas. Las bicicletas sólo tienen prioridad en los pasos para ciclistas, y a pesar de lo que muchos aún piensan, nunca en los pasos para peatones. Para cruzar por un paso para peatones, es obligatorio bajarse de la bicicleta y cruzarlo andando.
Por la acera, NO. Prohibido circular por las aceras y cualquier zona peatonal excepto que estén señalizadas para uso compartido.
Por la derecha. Si no hay carril bici que las obligue a circular por él, las bicicletas circularán próximas al borde derecho de la calzada, dejando separación de seguridad con el bordillo o con los vehículos estacionados. Y si van en grupo, podrán hacerlo como máximo en columnas de a dos como máximo.
En carreteras fuera de poblado:
Reflectantes. Cuando sea obligatorio encender las luces, también deberán llevar una prenda reflectante para que los demás conductores puedan distinguirlos a 150 metros de distancia.
Casco. En carreteras de fuera de poblado es obligatorio el uso de casco homologado, excepto en tres casos: en subidas prolongadas, calor extremo o por razones médicas.
Por el arcén. Si la vía no obliga a utilizar un carril obligatorio para ellos, lo harán, si existe, por el arcén de su derecha y sólo lo podrán abandonar en descensos prolongados y dándose las condiciones de seguridad para ello.
En paralelo. Los ciclistas no tienen permitido circular en pelotón por la Vía Pública. Sin embargo, si pueden hacerlo en paralelo o en filas de a dos, en este caso al llegar a tramos sin visibilidad y cuando se formen aglomeraciones deberán colocarse en hilera.
Como podemos observar en estos 20 consejos dados por la D.G.T. al montarnos en una bicicleta pasamos a ser conductores de un vehículo y por ello debemos ser conocedores de las normas que nos afectan y así poder conducir de manera más segura para todos.