Día Internacional del Orgullo LGBTI+: Protección de los Derechos en el Ámbito Laboral 

El 28 de junio es el Día Internacional del Orgullo LGBTI+, fecha que conmemora la reivindicación de los derechos de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales. Este día es una oportunidad para visibilizar la diversidad, defender una sociedad más igualitaria y tolerante, y reflexionar sobre los desafíos que persisten, especialmente en el ámbito laboral. 

La Diversidad y la Igualdad en las Empresas 

Las empresas deben ser un reflejo de la diversidad de la sociedad en la que vivimos. Sin embargo, la realidad no es así”, Ignacio Lekunberri, director gerente de Mutualia. A pesar de los avances en la legislación y en la concienciación social, muchas personas LGBTI+ siguen enfrentándose a discriminación y prejuicios en el ámbito laboral. Y es fundamental que las empresas adopten políticas de inclusión e igualdad, y promuevan un entorno en el que todas las personas trabajadoras se sientan respetadas y valoradas. 

El pasado mes de mayo Mutualia ha celebrado la Semana de la Diversidad. Se han llevado a cabo diferentes iniciativas de formación y concienciación, entre ellas la jornada celebrada sobre “La diversidad en las empresas. Retos y oportunidades”. Uno de los ponentes invitados ha sido Borja Sainz de Aja, presidente de REDI (Red Empresarial por la Diversidad e Inclusión LGTBI), quien ha destacado que «el 51% de personas LGTBI se pone una barrera para ocultar quiénes son, y no son capaces de desarrollar su potencial». Según Sainz de Aja, existen una serie de factores sociales, migratorios, de formación y de discriminación que impiden el desarrollo personal y, en consecuencia, el profesional. El punto de partida ha de ser en la empresa, “poner el tema sobre la mesa de las empresas (dirección y RRHH), y dotar de medidas e iniciativas orientadas a evitar la discriminación, y promover la empleabilidad” y uno de los aspectos clave que ha subrayado en su intervención es la de impulsar la formación

La creación de comités de diversidad, la implementación de programas de sensibilización y la adopción de políticas de igualdad y no discriminación son fundamentales para proteger los derechos de las personas LGTBI+ en el ámbito laboral. 

Mutualia: Compromiso con la Diversidad 

Este año 2024, Mutualia celebra el Año de la Diversidad, reafirmando su compromiso con la igualdad y la inclusión en la organización y en la sociedad

Desde el Comité de Igualdad se presentó el pasado mes de noviembre el nuevo protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y/o por razón de sexo y las violencias sexuales y/o contra las personas LGTBI de Mutualia, que forma parte del Plan de Igualdad. El objetivo principal de este Protocolo es la prevención de situaciones de acoso sexual en Mutualia, incidiendo en la sensibilización, comunicación, formación y responsabilidad de las personas.  

Asimismo, desde el Comité de Diversidad se están llevando a cabo diferentes iniciativas a lo largo de todo el año de sensibilización y formación que buscan generar un clima inclusivo, en el que todas las personas se sientan valoradas y respetadas.  

La diversidad y la inclusión son pilares fundamentales en la cultura de empresa y es responsabilidad de todas las personas trabajar en esta dirección: igualdad, diversidad e inclusión. 

Entrevista a Iratxe Ijalba, directora de Sistemas de Información de Mutualia 

“La IA es como tener un asistente superdotado que nunca se cansa” 

¿Qué es la inteligencia artificial? 

La inteligencia artificial es la capacidad de las máquinas para comportarse y hacer lo mismo que un humano, como tomar decisiones, aprender, hablar, crear algo nuevo… además de tener esa capacidad, puede analizar grandes volúmenes de información y resolver problemas complejos.  

Actualmente estamos rodeados de inteligencia artificial y a veces ni lo sabemos. Conoce nuestros gustos y nos sugiere cosas que nos pueden interesar, como música cuando usamos Spotify, películas cuando vemos Netflix o contenidos en las redes sociales que nos pueden gustar… Usamos coches que conducen casi solos, hablamos con un servicio de atención al cliente automatizada o con nuestro asistente de voz en el móvil. 

La IA se puede aplicar en infinidad de ámbitos, es como si fuera un asistente superdotado que nunca se cansa. Puedes darle un libro para que en un momento lo memorice y seguido hacerle cualquier pregunta sobre los protagonistas o sobre su argumento, incluso le puedes pedir nuevas ideas o escenas con los mismos personajes del libro. Ahora imagina lo mismo, si le das todos los procedimientos e información de tu empresa. La forma de gestionar en las empresas va a cambiar en poco tiempo. Nos va a ayudar a mejorar procesos, optimizar recursos y crear nuevas oportunidades de negocio. 

“La IA, va a ser una revolución en todos los sectores empresariales pero el sector que va a sufrir el cambio más disruptivo es el de la salud.” 

¿Cómo se aplica la inteligencia artificial en el sector salud? 

La inteligencia artificial tiene muchas aplicaciones en el sector salud, desde ayudas al diagnóstico y el tratamiento de enfermedades, pasando por crear asistentes para el paciente y telemedicina, hasta la gestión o la prevención. Por hablar de casos concretos, te comento tres proyectos innovadores basados en la inteligencia artificial que hemos ya desarrollado en Mutualia:  

  • El primero es el uso de la IA en el tratamiento de datos masivos: Hemos alimentado a la IA con todos los datos que teníamos de las bajas por contingencia común.  Con esa información, cada vez que recibimos una nueva baja, es capaz de calcular la posible fecha de alta del paciente, según su patología y diferentes variables como el sector en el que trabaja, su edad… Y este resultado sirve al médico para hacer el seguimiento de sus pacientes. 
  • Otro proyecto es el uso de la IA en el lenguaje: En Mutualia queremos entregar el informe de urgencia en euskera a aquellos pacientes que tienen el euskera como idioma preferente. La IA nos permite traducir estos informes en el mismo momento que se imprimen al euskera, de manera que entregamos los dos informes al paciente, uno en euskera y el original en castellano. 
  • Por último, también hemos utilizado la IA en el tratamiento de imágenes radiológicas: Por cada radiografía que realizamos, la IA la analiza y marca con un recuadro las fracturas, derrames y cualquier lesión ósea que encuentra. El médico utiliza esta herramienta para aumentar la precisión en el diagnóstico y así ahorrar tiempo. 

¿Qué otros proyectos tenéis en mente para el futuro? 

Tenemos varios proyectos en mente, pero los que más me ilusionan son los basados en la inteligencia artificial generativa. Creo que esta tecnología va a ser revolucionaria y va a cambiar nuestra forma de trabajar actual. 

¿Qué es la inteligencia artificial generativa?  

“Llamamos inteligencia artificial generativa cuando la IA es capaz de aprender por sí sola a partir de la información a la que tiene acceso, y generar información nueva y original, que no existía antes.”  

Funciona utilizando grandes cantidades de datos, como fotos, textos o música, y aprende a reconocer patrones y estructuras en esos datos. Luego, usa ese conocimiento para generar contenido nuevo que se parece a lo que ha aprendido, pero que es completamente original. 

Por ejemplo, si le das a una IA generativa un montón de pinturas de Van Gogh, podría aprender su estilo y luego crear una nueva pintura que parezca hecha por él, pero que nunca antes había existido. O si le enseñas cómo suena la música de Beethoven, podría componer una nueva sinfonía en su estilo. Puede escribir borradores de artículos, mantener una conversación en cualquier idioma, diseñar gráficos, realizar programas informáticos o incluso ayudar a inventar nuevos productos. Y lo mejor de todo es que no necesitas ser un experto en tecnología para usarla, está al alcance de todos desde internet. 

¿Qué riesgos tiene esta tecnología? 

Como toda tecnología, la inteligencia artificial generativa tiene sus riesgos y desafíos, y hay que usarla con responsabilidad y ética.  

Por ejemplo, hay que evitar que se genere contenido falso, engañoso o dañino, que pueda afectar a la reputación, la confianza o la seguridad de las personas o las organizaciones.  

También hay que respetar los derechos de autor de los creadores de los datos originales que se usan para entrenar a la IA, y evitar que se produzcan plagios o apropiaciones indebidas.  

Por eso, es importante que haya una regulación, una supervisión y una educación adecuadas, que establezcan normas y principios de uso de esta tecnología.  

Una vez tengamos los límites claros, hay que fomentar su uso positivo y beneficioso para la sociedad, porque ayuda a resolver problemas, a generar valor y a mejorar la calidad de vida. 

Entrevista a Iratxe Ijalba:

Convocatoria Junta General 2024 de Mutualia

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CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA 

La Junta Directiva de “MUTUALIA”, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 2 (en adelante, Mutualia), conforme a lo acordado en su reunión de 25 de marzo de 2024, en virtud de lo previsto en el art. 86 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, así como en el art. 22 y en el art. 23 d) de los Estatutos de la entidad, ha acordado CONVOCAR a sus empresas asociadas a la Junta General ORDINARIA que se celebrará el próximo día 19 de julio de 2024 (viernes), a las 12:00 horas en primera convocatoria y 12:30 horas en segunda convocatoria, en Donostia-San Sebastián, Pº Arriola nº26, Barrio de Ibaeta, (salón de actos de Clínica PAKEA), conforme al siguiente:

Orden del Día de la Junta General ORDINARIA 

  1. Saludo e intervención inicial del Presidente
  2. Examen y aprobación, en su caso, de la gestión de la Junta Directiva incluido el Informe de inversiones financieras temporales, dotaciones y aplicaciones del Patrimonio histórico, Memoria con el Informe anual de Gobierno Corporativo, Balances, Cuentas de resultados del ejercicio y Estado de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2023, una vez conocidos los Informes de Auditoria emitidos por la Intervención General de la Seguridad Social, así como el Resultado económico del ejercicio 2023 y aplicación del excedente.
  3. Información y aprobación, en su caso, del Anteproyecto de Presupuestos para el ejercicio 2025, con delegación de facultades en la Junta Directiva para introducir las modificaciones que fueran precisas para su integración en el Proyecto de Presupuestos de la Seguridad Social.
  4. Informe de la gestión de la Comisión de Prestaciones Especiales del ejercicio 2023.
  5. Examen y aprobación, en su caso, de la modificación de la Política General de Buen Gobierno Corporativo.
  6. Renovación y ratificación de miembros de la Junta Directiva.
  7. Nombramiento de dos personas interventoras para la ratificación y aprobación del Acta de la reunión.
  8. Intervención final del Presidente.
  9. Ruegos y preguntas.

Forma y condiciones aplicables para la acreditación de la legitimación:

Tendrán derecho de asistencia todas las empresas asociadas a Mutualia con Documento de Asociación vigente a la fecha de la celebración de la Junta General, si bien solo tendrán derecho a voto aquellas que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones sociales. También tendrán derecho de asistencia y de voto la persona representante de las personas trabajadoras autónomas adheridas a Mutualia, así como la persona representante de las personas trabajadoras de la propia Entidad.

A efectos del ejercicio de los derechos de asistencia y voto, en el domicilio social y en la sede operativa de Mutualia existe un Registro de control actualizado a la fecha de la convocatoria de las Juntas Generales, de las empresas asociadas y aquellas que están al corriente de sus obligaciones sociales, con los datos a ellas referentes, pudiéndose acreditar también dichos requisitos, mediante exhibición del Documento de Asociación y certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Toda empresa asociada a la Mutua que desee asistir a las Juntas Generales, por sí misma, o por delegación, deberá estar provisto de la “Tarjeta de asistencia y/o Delegación de voto”, pudiéndose recoger en cualquiera de dichos centros de Mutualia, u obtener en la página web www.mutualia.eus. La representación por delegación de voto podrá otorgarse a favor de otra empresa asociada, o a favor del Presidente de Mutualia, o de cualquiera de los demás miembros de la Junta Directiva.

Para cualquier duda o consulta 94.425.25.03

EL PRESIDENTE

Importass: Informe de actividades para RETA 

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La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha incorporado en su portal, Importass, un nuevo servicio que permite a las personas trabajadoras no sólo conocer las actividades que tiene declaradas ante la Seguridad Social, sino también acreditarlas mediante la descarga de un documento.   

Aun cuando el alta en trabajo autónomo es única, la comunicación de las actividades por cuenta propia desarrolladas por un profesional, además de obligatoria, resulta necesaria y fundamental para la gestión que realiza la Tesorería General. En base a esta información, podrá automatizar los procedimientos relativos a estos RETA para su correcto encuadramiento y determinación de las cuotas que les corresponden.  

Se puede consultar en el área personal del portal de la Tesorería todos los datos relativos a cada una de las actividades comunicadas, haciendo posible descargar un informe de actividades, evitando tener que realizar solicitudes por otros canales, y eliminar esperas, al tratarse de un servicio de respuesta inmediata vía web.  

Para descargar el informe, únicamente tendrán que seguir los siguientes pasos:  

  1. Acceder a la tarjeta de ‘trabajo autónomo’ dentro su área personal de Importass.  
  1. A continuación, hacer clic en la sección “Tus Actividades”, sobre el enlace de “Informe Actualizado”. De esta manera podrá visualizar el informe solicitado.  
  1. Si el autónomo necesita descargarlo, podrá hacerlo directamente.  

Además, se ha ampliado la información disponible incorporando nueva información sobre el detalle de la cuota en el área personal y también se han creado nuevos avisos en los servicios, como en el caso de las y los trabajadores autónomos que se encuentren en Incapacidad temporal y optan por la modificación de su base de cotización, a los que se les facilita la fecha en la que se va a aplicar el cambio.  

Campaña “Mi trabajo también es salud”

Desde el 15 hasta el 30 de junio, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo lanza la campaña «Mi trabajo también es salud» para promover la salud en el ámbito laboral.

La campaña subraya la conexión entre salud y trabajo. El estado de salud puede influir en el ámbito laboral, y el tiempo que se pasa en el trabajo hace que sea el entorno ideal para la implementación de Programas de Salud en el Trabajo (PST) que generen un impacto positivo en la salud de las personas trabajadoras. Asimismo, en estos programas que contribuyen a mejorar su salud, es imprescindible la participación de la plantilla.

El objetivo de esta campaña del INSST es fomentar una mayor concienciación de las empresas respecto a la promoción de la salud y mejorar el conocimiento que ofrecen los programas de PST.

Más información de la campaña y materiales

Mutualia acompaña a las empresas en su compromiso de lograr empresas sanas y saludables, y ayuda con su Modelo de Empresa Saludable MutualiaOn! a establecer objetivos, planificar y llevar a cabo actuaciones en cada uno de los aspectos que lo componen:

  • Ambiente físico de trabajo
  • Gestión y prevención de ausencias (absentismo)
    • Cuidado de la salud personal
    • Bienestar emocional
  • Participación en la comunidad
Modelo de Empresa Saludable MutualiaOn!

Para solicitar ayuda en el proyecto de Empresa Saludable puede contactar con la Asesoría de Prevención de Mutualia

MutuaLex – Consulta junio 2024

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Recibida una reclamación de deuda de la Tesorería General de la Seguridad Social por el importe de la prestación de Incapacidad temporal que le pagó el INSS después de ser dado de alta médica, se pregunta si se puede pedir fraccionamiento de pago, en cuántos plazos puede fraccionar el pago, y durante cuánto tiempo

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El supuesto de hecho que se plantea nos sitúa ante una prestación indebidamente percibida, materia que en la actualidad desde el 1 de julio de 2024 ha sufrido una importante reforma modificándose por Real Decreto 322/2024, de 26 de marzo, el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, y en concreto en lo que afecta a la consulta planteada, la modificación de la regulación de las prestaciones indebidamente percibidas, elimina el factor de discrecionalidad en la resolución sobre las solicitudes de fraccionamiento del pago de las cantidades adeudadas, posibilitando su concesión en cualquier caso en que sea solicitado por la persona interesada, fijándose el importe mínimo, y el plazo máximo de fraccionamiento en el artículo 80.4 que dispone:

“…4. Para el reintegro de las citadas prestaciones, la Tesorería General de la Seguridad Social expedirá reclamación de deuda en la que se fijará el plazo reglamentario para el reintegro, que comenzará con la notificación de dicha reclamación y finalizará el último día hábil del mes siguiente al de aquella notificación.

En el supuesto de falta de ingreso en el plazo indicado en la reclamación de deuda, se iniciará el procedimiento ejecutivo mediante la emisión de la correspondiente providencia de apremio, aplicándose en este caso los correspondientes recargos e intereses.

Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, el sujeto obligado podrá solicitar, dentro del plazo de ingreso al que se refiere el párrafo primero, el fraccionamiento del pago de la deuda en diversos plazos.

A tal efecto, los órganos de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme al reparto de competencias que lleve a cabo su director general, establecerán dichos plazos de fraccionamiento, con un importe mínimo de 100 euros mensuales y hasta un máximo de cinco años….

En el supuesto de falta de ingreso del importe correspondiente a tres de los plazos de fraccionamiento concedidos, se iniciará automáticamente la vía ejecutiva, mediante la emisión de la correspondiente providencia de apremio, por la totalidad del importe que quedará por pagar. En este caso, y a efectos de determinar el cálculo de los intereses de demora que correspondan, se entenderá como plazo reglamentario de ingreso, el correspondiente al primer plazo de fraccionamiento dejado de ingresar.

Concluido el período de pago del último de los plazos de fraccionamiento concedidos, si existiera alguna cantidad pendiente de abono, se iniciará igualmente, de manera automática, la vía ejecutiva,

mediante la emisión de la correspondiente providencia de apremio. En este caso, y a efectos de determinar el cálculo de los intereses de demora que correspondan, se entenderá como plazo reglamentario de ingreso el correspondiente al último plazo del fraccionamiento”.

Asimismo, de la lectura comparada de las dos redacciones del precepto, la vigente a partir del 1 de julio y la anterior, se observa una mejora para el/la beneficiario/a del fraccionamiento en orden a la revocación de la autorización para el pago fraccionado, estableciendo que cabrá entender revocada dicha autorización únicamente cuando se produzca la falta de ingreso del importe correspondiente a tres de los plazos de fraccionamiento concedidos, en lugar de cuando concurra la falta de pago de uno solo de los plazos.

Cristina Cearra Guezuraga


Letrada de la Asesoría Jurídica de Mutualia 

MutuaLex – Sentencia junio 2024

sentencia

El Tribunal Supremo, en Sentencia de 26 de febrero de 2024 reitera la aplicación del art 53.1 de la LGSS en orden a fijar los efectos económicos de la prestación de Incapacidad Temporal  por cambio de contingencia, declarando que debe aplicarse la retroactividad de tres meses a los efectos económicos desde la solicitud de determinación de contingencia

mazo

El supuesto  sometido  a  conocimiento del Tribunal  parte  de que  la trabajadora inició el 20 de diciembre de 2016 un proceso de incapacidad temporal inicialmente considerado como derivado de accidente no laboral. El día 21 de febrero de 2018, la trabajadora instó la determinación de la contingencia del proceso de incapacidad temporal. Por resolución del INSS de fecha 12 de abril de 2018, se declaró que el proceso de incapacidad temporal iniciado por la trabajadora el día 20 de diciembre de 2016 derivaba de accidente de trabajo. La Mutua presentó demanda sobre determinación de contingencia, solicitando que se declarase de origen  común, y en todo caso, si se declarara como profesional que se estableciese que los efectos fueran de los tres meses anteriores a la fecha de la solicitud de conformidad con el art. 53 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

Si bien el juzgado de instancia aplicó a los efectos económicos la retroactividad de los tres meses desde la fecha de la solicitud del cambio de contingencia,  el Tribunal Superior de Justicia consideró que no resultaba de aplicación, y por tanto, los efectos económicos del cambio de contingencia se reconocen desde la fecha del hecho causante de la IT, esto es, desde el 20 de diciembre de 2016.

Concluye el Tribunal Supremo que la controversia suscitada sobre la determinación de la fecha en la que deben fijarse los efectos económicos derivados del procedimiento judicial de determinación de contingencia de la prestación de incapacidad temporal, reconocida en vía administrativa como accidente de trabajo, debe resolverse declarando que ha de ser la de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud de determinación de contingencia.  

Por consiguiente, la actora solicitó la determinación de contingencia el 21 de febrero de 2018, es decir, habiendo transcurrido el plazo de tres meses desde el hecho causante, lo que obliga a limitar los efectos económicos derivados del reconocimiento de esta pretensión a los tres meses anteriores a la fecha de dicha solicitud, esto es el 21 de noviembre de 2017, tal y como concluyó la sentencia de instancia.

Para llegar a dicha conclusión reproduce, las SSTS 22/2021, de 13 de enero, (rcud. 2245/2019) y 895/2022, de 10 de noviembre (rcud. 856/2019). “Para resolver la cuestión debemos partir de lo que establece el art. 53.1 LGSS: «1. El derecho al reconocimiento de las prestaciones prescribirá a los cinco años, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante de la prestación de que se trate, sin perjuicio de las excepciones que se determinen en la presente Ley, y de que los efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la correspondiente solicitud«.

El resultado de la aplicación de este precepto legal es que los efectos económicos de las prestaciones de Seguridad Social se generan en la fecha del hecho causante, si la solicitud se ha presentado en los tres meses siguientes, y con esa misma retroacción máxima desde la solicitud que se haya cursado una vez transcurrido tal plazo. A estos efectos, la singularidad de la prestación de incapacidad temporal reside en que se halla protegida por el principio de automaticidad, y regida por el principio de oficialidad, lo que hace innecesaria la expresa presentación de una solicitud para generar el derecho a su percepción.

Como reiteradamente declara “… esa regla quiebra cuando se discute la etiología de las dolencias de las que deriva la incapacidad temporal, y el trabajador debe presentar una solicitud de determinación de contingencia para discutir la calificación de enfermedad común atribuida por la entidad gestora, conforme a lo previsto a tal efecto en el art. 6 del Real Decreto 1430/2009, de 11 de septiembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, en relación con la prestación de incapacidad temporal. Establece este precepto que el procedimiento para la determinación de la contingencia causante de los procesos de incapacidad temporal se podrá iniciar a partir de la fecha de emisión del parte de baja médica, de oficio por parte de la propia entidad gestora, o a instancia del trabajador o de la Mutua, mediante la presentación de una solicitud que deberá ir acompañada de toda la documentación necesaria para poder determinar la contingencia, incluidos, en su caso, los informes y pruebas médicas realizados”.

Cristina Cearra Guezuraga


Letrada de la Asesoría Jurídica de Mutualia 

Golpe de calor y conducción

Un golpe de calor ocurre cuando el cuerpo se sobrecalienta por una exposición prolongada a altas temperaturas. Se trata de una condición médica grave que afecta a la atención, respuesta del organismo y la capacidad para completar actividades, como por ejemplo, conducir. Estos son los efectos que puede causar mientras estás al volante:  

  • Conducir a una temperatura mayor de 25° provoca disminución de la atención y la concentración. Además, afecta el tiempo de reacción ante imprevistos y está demostrado que conduciendo a más de 35º se deja de percibir hasta el 20% de la señalización. 
  • El calor y el sol  afectan también a la visión y aumenta el riesgo de sufrir un deslumbramiento. De hecho, la DGT señala que esta ha sido la causa de aproximadamente 3.500 accidentes automovilísticos en España.  
  • Las altas temperaturas también provocan sensación de cansancio y somnolencia.  Para evitar estas consecuencias, los expertos recomiendan mantener la temperatura interior del coche entre los 21°C y 23°C mientras está en marcha. 

¿Cómo evitar sufrir un golpe de calor en el coche? 

Aunque bajar las temperaturas del vehículo parece algo imposible de lograr en verano, lo cierto es que existen diversos métodos sencillos para evitar sufrir un golpe de calor, para hacerlo sólo tienes que seguir estas indicaciones a la hora de coger el coche:  

ESTACIONAR EN LA SOMBRA

Cuando dejas el coche bajo el sol, la carrocería externa se calienta y todo este calor pasa al interior, provocando en el interior temperaturas de hasta 70°C. Por ello, para garantizar las mejores condiciones al momento de volver, lo mejor es buscar un lugar en la sombra. 

Antes de aparcar es importante fijarse bien en la dirección del sol. Si la sombra no se va a mantener en ese lugar hasta que regreses por tu coche, lo mejor es buscar otro sitio que te garantice una protección de las altas temperaturas. 

 UTILIZAR EL PARASOL   

El parasol es uno de los mejores aliados para evitar golpes de calor en el coche, ayuda a que los rayos de sol no entren en el interior del vehículo, gracias a esto se reduce la temperatura hasta unos 11°C. Tampoco está de más colocar cortinillas en los laterales y un parasol extra en las lunas traseras.  

El parasol también ayuda a que los elementos del interior del coche (volante, palanca de cambios y salpicadero) no se calienten. Todas estas partes del vehículo pueden alcanzar temperaturas de hasta 50°C y ocasionar quemaduras en la piel.  

UTILIZA EL AIRE ACONDICIONADO DE FORMA CORRECTA. 

Para que el aire acondicionado pueda cumplir correctamente su función es necesario bajar las ventanillas al encenderlo. El sistema de climatización tarda unos segundos en enfriar el ambiente, así que para evitar golpes de calor es recomendable dejar que el aire fresco entre en el coche.  

Cuando enciendes el aire acondicionado con el coche completamente cerrado, el aire caliente no encuentra salida y tarda más en disiparse. Lo recomendado es cerrar las ventanillas después de unos 2 minutos y mantener la temperatura del climatizador entre 21°C y 23°C.  

EVITA ESPERAS DENTRO DEL VEHÍCULO. 

Si debes hacer una parada, aunque sea muy corta, lo mejor es salir del vehículo para tomar el aire fresco. La exposición constante a altas temperaturas puede afectar la capacidad de tu organismo para funcionar de manera óptima y ocasionar los síntomas propios de un golpe de calor.  

Por esto, también es importante no dejar niños dentro del coche. Los más pequeños de la familia aún no han completado el desarrollo de su sistema respiratorio y son más susceptibles a sufrir golpes de calor. Algo parecido sucede con las mascotas, los animales no disponen de un sistema de sudoración como el de los humanos y padecen más ante las altas temperaturas.  

MANTENTE HIDRATADO 

Mantenerte hidratado mientras estás sometido a altas temperaturas ayuda a que tu cuerpo no se sobrecaliente. De esta forma puedes evitar sufrir un golpe de calor o las consecuencias de la deshidratación. Para esto asegúrate de siempre llevar contigouna botella de agua fresca y beber constantemente, aunque no tengas sed.  

VENTILA EL COCHE ANTES DE ENTRAR 

Las temperaturas interiores del coche pueden superar por mucho las del exterior, por lo que resulta fundamental enfriar el vehículo antes de empezar a conducir. Tómate unos minutos antes de iniciar la marcha, abre las puertas y baja las ventanillas para permitir que las corrientes de aire fresco entren al habitáculo. No enciendas el aire acondicionado hasta que hayas logrado reducir la temperatura interior unos cuantos grados.  

Una forma más rápida de enfriar el interior del coche es el truco japonés. Para llevarlo a cabo solo tienes que bajar la ventanilla del copiloto para luego abrir y cerrar la puerta del conductor, con una moción similar a abanicar. Con esto se logra sacar el aire caliente y bajar hasta 10°C la temperatura en pocos minutos.  

Las altas temperaturas del verano son un enemigo silenciosopero letal y desconocido por muchos conductores, pero la buena noticia es que se puede combatir y evitar las consecuencias de un golpe de calor sólo con estos sencillos consejos. Garantizar tu seguridad al momento de conducir debe ser siempre lo más importante. 

Recordad que cada verano es una aventura y aún nos quedan muchas por contar.