BELLOTA Herramientas, S.L.U. y KL katealegaia, ganadoras de los Premios Mutualia 2025

premiados premio mutualia 2025

Coincidiendo con la conmemoración de nuestro 125 aniversario el día 25 de marzo, hemos celebrado la gala de la entrega de los Premios Mutualia en el Hospital de Alta Resolución de Mutualia de Vitoria-Gasteiz. En el acto se ha hecho entrega de los Premios Mutualia, Reconocimientos ZeroBidean, y Concurso Miradas de Prevención a las entidades y personas ganadoras.


 Marta Barredo, vicepresidenta de Mutualia, ha sido la responsable de inaugurar el evento haciendo referencia a los 125 años de historia de la mutua y destacando los hitos más importantes. Seguidamente, Lourdes Iscar, directora general de Osalan, ha subrayado en su intervención que “Las empresas tienen también que llevar la cultura de la prevención a la calle, al resto de la sociedad”.

mutualia 125

PREMIOS MUTUALIA, innovación y diversidad

El Premio Mutualia, categoría Innovación en prevención de riesgos laborales, ha sido concedido a la empresa Bellota Herramientas, S.L.U. por su proyecto: «DOJO (Sala de entrenamiento en seguridad)».

Las empresas finalistas Arteche Lantegi Elkartea, S.A. y OSI Bilbao Basurto han sido reconocidas con un Accésit en esta categoría.

 

El Premio Mutualia, categoría Diversidad en la Empresa, ha sido para la empresa KL katealegaia por su proyecto: «Metodología de industrialización para la empleabilidad de personas de distintas capacidades».

CIC energiGUNE y Gamesa Gearbox han sido las empresas finalistas a las que se les ha otorgado un Accésit en esta categoría.

 

RECONOCIMIENTOS ZEROBIDEAN

En el acto se ha hecho entrega de los Reconomientos ZeroBidean a las empresas Central Forestal (Smurfit Westrock) y a Trelleborg Izarra SAU por contribución a la reducción de la siniestralidad laboral y su trabajo hacia el objetivo final de cero accidentes.

 

 

CONCURSO MIRADAS DE PREVENCIÓN

Otro de los momentos destacados de la jornada ha sido la entrega de los premios a la XXII edición del Concurso Miradas de Prevención a la mejor fotografía, imagen generada por IA, y vídeo corto sobre prevención de riesgos laborales. Siendo los ganadores: Carlos de Cos, a la mejor fotografía; David Gómez Díez, al mejor video corto; y Danel Solabarrieta, a la mejor imagen generada con inteligencia artificial.

 

Para el diseño del evento hemos contado con la metodología Erronka Garbia, procedimiento que Mutualia tiene integrado en la organización y desarrollo de sus eventos con el objetivo de reducir su impacto medioambiental.

 

Nuestras felicitaciones a las entidades y personas premiadas, Y nuestro agradecimiento a todas las candidaturas que han participado con sus proyectos en esta nueva edición de los Premios Mutualia y a todas aquellas personas que se acercaron a compartir con nosotros la conmemoración de nuestro 125 aniversario.

Compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo: aclaraciones de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social

intersección entre la jubilación y el trabajo

El Real Decreto-ley 11/2024, de 23 diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, introduce modificaciones en el TRLGSS que entrarán en vigor el 1 de abril de 2025. Alguna de estas modificaciones han suscitado dudas, y la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) ha dado respuesta en su informe de 7-03-2025.  

A continuación, se exponen las conclusiones contenidas en el citado informe

Empresas finalistas de los X Premios Mutualia 

premios mutualia 2025

Una vez analizadas todas las candidaturas presentadas a la décima edición de los Premios Mutualia, el equipo técnico de la Asesoría de Prevención de Mutualia ha seleccionado como proyectos finalistas en la categoría de la Diversidad en la Empresa, los presentados por:  

  • GAMESA GEARBOX 
  • CIC energiGUNE 
  • KL katealegaia 

Y en la categoría de Innovación en la Prevención de Riesgos Laborales los presentados por las empresas: 

  • BELLOTA HERRAMIENTAS S.L.U. 
  • ARTECHE LANTEGI ELKARTEGIA, S. A. 
  • BILBO-BASURTUKO ESI / OSI BILBAO BASURTO 

El proyecto ganador en cada una de las categorías se conocerá en el evento que Mutualia celebrará el 25 de marzo, en el HAR de Mutualia en Vitoria-Gasteiz, y que será un encuentro de referencia para la seguridad, la salud y la diversidad en las empresas. El espacio dispondrá de estands y se contará con la actuación de David Delacamara. 

En este evento, también se entregarán los premios del Concurso Miradas de Prevención, seleccionadas de entre todas las fotografías, imágenes de IA y videos presentados a este concurso que Mutualia organiza anualmente para concienciar a la sociedad sobre la importancia de la seguridad y la salud laboral, y cuyas obras ganadoras se suman a la exposición itinerante “Miradas de Prevención” que también se podrán contemplar ese día.  

Para finalizar el encuentro del 25 de marzo, se entregarán los reconocimientos 0Bidean con los que Mutualia destaca a las empresas que acumulan una buena trayectoria en la reducción de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, así como una buena gestión en la prevención de los riegos laborales. Este año, las empresas reconocidas serán: 

  • CENTRAL FORESTAL 
  • TRELLEBORG IZARRA, S.A.U. 

¡Os esperamos! 

Conciliación en Mutualia: un año más de compromiso y avances 

conciliacion laboral y familiar

Nuestro compromiso con la conciliación queda reflejado años tras año en diversas iniciativas que facilitan la vida personal, familiar y laboral, y que contribuyen también a generar un entorno laboral más saludable. Entre la variedad de medidas con las que contamos, destacan las reducciones de jornada, flexibilidad horaria y organizativa, excedencias y permisos sin sueldo, y teletrabajo. 

 

Certificados y acreditaciones 

En Mutualia contamos con el Certificado EFR, calificación de “proactiva” B, y formamos parte de la iniciativa chárter del teletrabajo promovida por Fundación MásFamilia.  

Estas acreditaciones reflejan nuestro esfuerzo constante por ofrecer un entorno laboral flexible y adaptado a las necesidades de nuestras personas trabajadoras. 

 

Medidas de Conciliación 

En el año 2024 se han facilitado 432 medidas de conciliación de las cuales 337 (78%) las han disfrutado mujeres. Se constata que siguen siendo las mujeres las que más siguen accediendo a este tipo de medidas, en porcentaje superior a su presencia en la plantilla (que a 31/12/2024 era de un 73% de mujeres). Este dato subraya la importancia de seguir promoviendo la igualdad de oportunidades y el acceso equitativo a las medidas de conciliación. 

 

Conciliación y Corresponsabilidad 

Es fundamental entender la diferencia entre conciliación y corresponsabilidad. Mientras que la conciliación se centra en compatibilizar los diferentes aspectos de la vida, la corresponsabilidad implica una participación equitativa de hombres y mujeres en todas las tareas: domésticas, cuidado de dependientes, actividades personales y profesionales y tiempo propio. En Mutualia, promovemos ambos conceptos para asegurar un equilibrio justo y sostenible. 

 

En Mutualia, estamos convencidos de que la conciliación y la corresponsabilidad son claves para un mejor futuro. Seguiremos trabajando para que estas prácticas sean una realidad en todos los aspectos de la vida, recordando siempre que es una responsabilidad compartida por y para todas las personas. 

MutuaLex – Sentencia marzo 2025

sentencia

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, 3 DE FEBRERO DE 2025, (RCUD.:85/2025)

mazo

La cuestión que se plantea en el presente recurso es, si puede considerarse accidente de trabajo la incapacidad temporal derivada de un infarto de miocardio, habiendo tenido el trabajador el domingo anterior molestias centrotorácicas por las que acudió al centro de salud, indicándosele allí que debía acudir al hospital, lo que no hizo, y sin que quedara acreditado que al día siguiente realizara durante el tiempo y lugar de trabajo ningún esfuerzo excepcional.  

El trabajador prestaba servicios por cuenta ajena como albañil. El lunes cuando comenzó a trabajar se sintió mal, por lo que fue trasladado a urgencias del hospital, donde se le diagnosticó de infarto de miocardio. El día anterior, domingo, el trabajador al tener una molestia leve centrotorácica opresiva que persiste durante todo el día, sin irradiación, ni cotejo vegetativo, estuvo en el centro de salud donde se le indicó que debía ir acompañado de personal sanitario al hospital, lo que no hizo.  

Las tareas que realizó durante el inicio  de la jornada del lunes, fueron la de preparación de material y apoyo al oficial albañil en las tareas de alicatado y revestimiento de mortero. 

El año antes se le había colocado un stent. 

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) declaró el proceso de incapacidad temporal derivado de accidente de trabajo, ante lo que la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social interpuso demanda, y la Sentencia del Juzgado de lo Social número dos de Cádiz, de 20 de mayo de 2019, estima la misma, revocando la resolución del INSS, y declarando que la incapacidad temporal deriva de contingencia común.  

La Sentencia del Juzgado de lo Social tiene en cuenta que el trabajo que realiza el trabajador era el de faenas ordinarias, y considera que no había que hacer un esfuerzo excepcional en las labores que hacía.  

El trabajador fallece, y continúa con el procedimiento su viuda, que recurre en Suplicación la Sentencia del Juzgado de lo Social. Y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en Sentencia de 14 de febrero de 2022 estima el recurso, y revoca la sentencia declarando que la incapacidad temporal deriva de accidente de trabajo.  

  

Si bien el Tribunal Superior de Justicia estima el recurso, no estima la modificación fáctica pretendida consistente en incorporar en el relato de hechos probados que el lunes, el trabajador estaba descargando material de solera, considerando que es al órgano de instancia al que corresponde en exclusiva la valoración conjunta del material probatorio. 

  

El Tribunal Superior de Justicia considera, siguiendo una doctrina reiterada, que con independencia de que el infarto se iniciara el día anterior, lo cierto es que no fue hasta después de incorporarse al trabajo cuando se intensifican los síntomas que le obligan a interrumpir la actividad y acudir al centro hospitalario, por lo que no puede excluirse la influencia del trabajo en la agudización de la crisis previamente iniciada.  

  

La Mutua responsable recurre en Casación, y el Tribunal Supremo en su Sentencia revisa la amplia doctrina de la Sala del Cuarta del Tribunal Supremo, y se valora que no se exige que la lesión sea consecuencia del trabajo prestado, sino que haya surgido en lugar de trabajo y con ocasión de prestarse el mismo, poniendo de manifiesto que la presunción no se excluye porque se haya acreditado que el trabajador padeciera la enfermedad con anterioridad o porque se hubieran presentado síntomas antes de iniciarse el trabajo. Lo que se valora a estos efectos no es la acción del trabajo como causa de la lesión cardiaca, lo que no sería apreciable dada la etiología común de estas lesiones, lo que se valora es la acción del trabajo en el marco del artículo 156.2.f) de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) como factor desencadenante de una crisis, que es la que lleva a la situación de necesidad protegida. Y esta posible acción del trabajo se beneficia de la presunción legal del artículo 156.3 de la LGSS, y no puede quedar excluida solo por la prueba de que la enfermedad se padecía antes, pues aunque así fuera, es la crisis y no la dolencia previa la que hay que tener en cuenta a efectos de protección.  

  

Esta es la doctrina que de forma continuada ha venido estableciendo el Tribunal Supremo, pero la respuesta que va a dar en este caso el Alto Tribunal es distinta, porque teniendo en cuenta dicha doctrina pasa a valorar el caso concreto que se somete a consideración, y va a aplicar lo dispuesto en el artículo 156.4.b) de la LGSS que descarta que pueda considerarse como accidente laboral el que acaezca mediando imprudencia temeraria de la persona accidentada. La proximidad temporal entre la prescripción del servicio público de salud y el momento en el que se manifiesta el infarto, la ausencia de periodos de esfuerzo laboral entre una recomendación tan seria como la del caso, (acudir al hospital acompañado de personal sanitario), y el momento en el que sobreviene la crisis cardiovascular, (pocas horas después al iniciar la actividad laboral), entroncan también con esta previsión, y quien se desentiende de la indicación médica y acude al trabajo, está poniendo en grave riesgo su propia salud, y desde luego, con ese modo de proceder, aparece un hecho que a juicio del Tribunal en unión de lo reseñado, contribuye a desvirtuar la presunción del artículo 156.3 de la LGSS

  

El Tribunal Supremo valora los particulares hechos que se dan en este procedimiento, y sobre todo que la presunción establecida en el reiterado artículo 156.3 de la LGSS admite prueba en contrario, por lo tanto, con esta Sentencia no es que se altere la doctrina clásica sobre la consideración de accidente de trabajo del infarto como accidente de trabajo, pero sí se analiza el valor de la presunción con el análisis de los hechos que se dan en cada supuesto, actuando el Tribunal Supremo como una tercera instancia. 

Cristina Cearra Guezuraga 


Letrada de la Asesoría Jurídica de Mutualia 

MutuaLex – Consulta marzo 2025

consulta

Contingencia de la incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral, existiendo patología previa

consulta

Es evidente el interés de las personas beneficiarias de Seguridad Social en obtener la declaración de una prestación derivada de accidente no laboral ya sea una Incapacidad Temporal, Incapacidad permanente, o incluso en prestaciones de muerte y supervivencia, ya que los requisitos de acceso a las prestaciones son favorables a los/as beneficiarios/as en cuanto a la situación de alta o asimilada, la exigencia de cotización previa, o el cálculo más favorable de las prestaciones. 

En algunos supuestos, como el que analizamos, nos encontramos con una persona que tiene un accidente no laboral que causa unas lesiones, pero previamente presentaba otra serie de patologías ya conocidas derivadas de enfermedad común, y es tras ese accidente no laboral, cuando se reconoce una Incapacidad Permanente y Total por enfermedad común. La consulta que se plantea es si esa incapacidad derivada de contingencia común, lo es por enfermedad común o por accidente no laboral, dado que el proceso de baja médica se inicia por dicho accidente no laboral, pero, como veremos, lo que habrá que valorar es cuál es el origen de las lesiones que dan lugar al grado de incapacidad reconocida.  

En materia de accidente de trabajo, para la valoración de la situación de los beneficiarios, el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social de su número segundo letras  e), f), y g), amplían el concepto de accidente de trabajo ya que se va a entender como accidente de trabajo, y por lo tanto derivado de esta contingencia, las enfermedades o defectos que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente. Pero esto, tal y como veremos, no se extiende al accidente no laboral que exige siempre que ocurra una “acción violenta y súbita” y no puede ser un agravamiento de un deterioro de lesiones o defectos previos. 

  

Como ha analizado el Tribunal Supremo en sentencias recientes, como la del 17 de diciembre de 2024, recaída en el RCUD  232/2023, lo que diferencia al accidente no laboral frente a la enfermedad no es la lesión, que puede ser coincidente en ambos conceptos, sino que en el accidente nos encontramos ante una lesión súbita violenta externa, y en la enfermedad nos encontramos ante procesos internos a través de un progresivo deterioro de la salud. 

Habrá que tener en cuenta las lesiones que se valoran, y si se habían puesto de manifiesto con anterioridad al accidente no laboral, y si el origen o inicio de tales lesiones no se hallan en el accidente, no siendo aplicable en estos supuestos de accidente no laboral lo dispuesto en el artículo 156.2.f) de la Ley General de la Seguridad Social; según la doctrina del Tribunal Supremo esas enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por la persona trabajadora pueden considerarse accidente del trabajo, si el agravamiento se materializa en tiempo y lugar de trabajo o por la patología derivada del accidente de trabajo; pero no sucede lo mismo con el accidente no laboral, que siempre exige que ocurra una acción violenta y súbita y no puede ser un agravamiento de un deterioro de lesiones o defectos previos.  

Por lo tanto, siempre será necesario un análisis pormenorizado de la patología, sin que las ampliaciones de concepto de la contingencia profesional se puedan trasladar al accidente no laboral. 

Cristina Cearra Guezuraga 


Letrada de la Asesoría Jurídica de Mutualia 

Mutualia mantiene su compromiso con la excelencia en la calidad asistencial en 2024

encuesta satisfaccion sanitaria 2024

En Mutualia, la satisfacción del paciente sigue siendo uno de nuestros ejes en la atención sanitaria. Los resultados de la encuesta de calidad asistencial de 2024 reflejan una satisfacción global superior al 94%, cifra que reafirma nuestro compromiso continuo con la mejora y la excelencia en la atención a las personas usuarias.  

encuesta de satisfacción sanitaria 2024

 

Resultados destacados 

Entre los indicadores más destacados figuran el tiempo de espera, la atención recibida, las instalaciones y el trato, este último ítem alcanza por primera vez una puntuación de 9,05. 

  • Tiempo de espera: Se mantiene la tendencia positiva, con una nota media de 8,91, lo que demuestra la eficacia del sistema de gestión implementado. 
  • Información: La transparencia y la comunicación efectiva siguen siendo puntos fuertes, con una puntuación promedio de 8,87. 
  • Trato personalizado: El trato cálido y profesional sigue siendo altamente valorado, alcanzando una puntuación media de 9,05. 
  • Instalaciones: La comodidad y seguridad de las instalaciones mantienen un alto estándar, con una puntuación promedio de 9,13. 
  • Valoración global: La satisfacción general del paciente logra un 8,74. 

 

Servicios mejor valorados 

Los servicios de Hospitalización (9,53) y Rehabilitación y Fisioterapia (8,95) continúan siendo los servicios mejor valorados, seguidos de Consultas contingencia profesional (CP) y Urgencias (8,81), y Consultas de contingencia común (CC) con un 8,74. 

 

Índice de Recomendación Neta (NPS) – Net Promoter Score 

El NPS (Net Promoter Score – Índice de recomendación del servicio) de toda el área sanitaria de Mutualia se sitúa en 57,15%, este índice se calcula restando el porcentaje de pacientes detractores que nos puntúan de 1 a 6, al porcentaje de pacientes promotores que nos puntúan 9 y 10. 

 

Porcentaje de Recomendación (Promotores)  

El % obtenido en CP alcanza el 68,11% y en CC un 65,05% de pacientes que otorgan una puntuación de 9 o 10, lo que indica una mejora y un alto nivel de recomendación y satisfacción. 

 

Mutualia reafirma su compromiso con la calidad y la mejora continua y la atención centrada en el paciente, destacando en valores como cercanía, eficiencia y profesionalidad. 

Mutualia reconocida con el Premio a la Innovación Social Sostenible, que otorga BBK ESG Hub Cámarabilbao

premios bbk esg hub camarabilbao 2024

Esta ha sido la primera edición de los «Premios BBK ESG Hub CámaraBilbao» que reconocen a las organizaciones que destacan en la integración de los criterios ESG. Las empresas premiadas han sido: 

 

Premio a la Innovación Medioambiental: Tubos Reunidos Group, por su especial enfoque en el cuidado del medio ambiente y la descarbonización a través de iniciativas propias e innovadoras.  

Mención especial a BROMALGAE 

Premio a la Innovación Social Sostenible: Mutualia, por su labor y trayectoria en aspectos sociales. 

 Premio a la PYME que mejor integre criterios ESG: Zabalgarbi, por la implementación de actuaciones éticas, medioambientales y sociales en su modelo de gestión. 

 

Mutualia ha recibido este premio como reconocimiento a su proyecto de diversidad como valor estratégico y orientado a todos sus grupos de interés. Myriam Rabanal y Mónica Carballo, integrantes del Comité de Diversidad de Mutualia, han recogido el premio y han destacado el valor estratégico que tienen las políticas de equidad, diversidad e inclusión en Mutualia y han agradecido también el trabajo que realizan los distintos equipos de la mutua para impulsar la sostenibilidad.