La Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Deusto nos abre sus puertas

decana maria carrasco

María Carrasco Zabaleta, decana de la Facultad de Ciencias de la Salud, nos invita a un recorrido para conocer el origen de la Universidad, su compromiso con la sociedad, su método pedagógico y su nueva Facultad de Ciencias de la Salud.

Maria Carrasco Zabaleta

Cuándo y cómo nace la Universidad de Deusto

La Universidad de Deusto fue fundada en 1886 por la Compañía de Jesús. La muerte sin descendencia de D. Tomás de Balza, fundador del Banco de Bilbao y de la empresa Santa Ana de Bolueta, dejó en manos de su viuda Dª Casilda Iturrizar una fortuna que supo administrar manteniendo la pujanza de sus negocios e impulsando el despegue de Bilbao como urbe industrial. A ello se unió que en el siglo XIX las clases altas e instituciones forales querían contar con un centro de estudios superiores. Así, un grupo de empresarios bilbaíno apostó por la creación de un centro en Bilbao, comprometiéndose a financiar y construir un edificio a las afueras de la ciudad, y cediendo a los jesuitas la dirección de los estudios y su contenido. Alumnos procedentes de España, Cuba, Méjico, Suiza y Francia inauguraron el internado el 25 de septiembre de 1886. En el curso 1888/1889 se incorporó el alumnado externo. De esta manera nació la Universidad de Deusto.

En Deusto llevamos más de 130 años formando profesionales excelentes. Una formación en competencias que busca potenciar las habilidades innovadoras, creativas y emprendedoras del alumnado. Actualmente contamos con campus en Bilbao y San Sebastián y sedes en Vitoria y Madrid.

Univerisdad de Deusto

La Universidad de Deusto, como institución de educación superior, tiene el compromiso de contribuir a los nuevos retos de la humanidad. ¿Cuáles son las áreas prioritarias de su Responsabilidad Social?

Desde sus inicios en el año 1886, la Universidad de Deusto ha estado estrechamente comprometida con la sociedad, asumiendo como institución educativa jesuita su responsabilidad en la formación de una ciudadanía más libre, justa, solidaria y  humana, consciente de los desafíos sociales y de su capacidad para transformar la realidad. La Universidad se siente particularmente próxima a la sociedad vasca, a la que quiere servir como institución universitaria, tanto en sus necesidades culturales, como en el desarrollo social, técnico y económico de su entorno.

Mediante el plan de Responsabilidad Social Universitaria, la Universidad concreta ese compromiso social y dinamiza cinco áreas prioritarias: igualdad, inclusión, justicia social, medio ambiente y salud.

Nuestro deseo es aportar algo positivo a la construcción de un mundo más justo, solidario y humano. Queremos servir a la sociedad mediante una contribución específicamente universitaria y a partir de una visión cristiana de la realidad. Buscamos la excelencia en la investigación y docencia, y a su vez, la formación de personas libres responsables y profesionales competentes, dotados con el conocimiento, los valores y la destreza que les permitan comprometerse en la promoción del saber y en la transformación de la sociedad.

El modelo pedagógico de la Universidad de Deusto tiene como finalidad impulsar la innovación en aprendizaje y docencia. ¿En qué se fundamenta?

El modelo pedagógico de la Universidad busca fomentar y garantizar la calidad e innovación docente, la agilidad y flexibilidad en la respuesta a la demanda de la sociedad y las organizaciones, y la transmisión de valores y principios orientados siempre a la igualdad y justicia social.

Tal y como se ha venido desarrollando en toda Europa, nuestro modelo de formación se basa en el impulso en la innovación en los modelos de aprendizaje y docencia. Y para ello, nos basamos en dos pilares:

  • Construcción de un aprendizaje profundo por parte del alumnado. Un aprendizaje que se base en el desarrollo de valores y competencias para su inserción como profesionales y ciudadanía activa y responsable.
  • Convicción de que la formación y la docencia se fundamentan en la capacidad de la Universidad y su equipo docente para aprender y transformarse innovando en sus métodos de enseñanza y evaluación, y en todos los procesos que les dan soporte.

La nueva Facultad de Ciencias de la Salud responde a la fuerte y creciente apuesta de Deusto por el área de la salud

Ponemos el foco sobre los retos que la sociedad nos demanda en el ámbito de la salud. En Deusto entendemos la salud como una combinación de factores biológicos, físicos, psicológicos y sociales. Para ello, formamos profesionales excelentemente cualificados, con metodologías punteras e innovadoras en esta área, capaces de integrar su dimensión científica e investigadora con su competencia profesional y su dimensión más humana, desde el compromiso con una atención centrada en la persona, que incorpore el poder y saber cuidar sin comprometer la propia dignidad de los pacientes o usuarios.

El proyecto nace con una clara orientación de una medicina centrada en la persona con un enfoque humanista y basada en la metodología ABP. ¿En qué consiste y cómo se desarrolla?

En la Universidad de Deusto apostamos por el Aprendizaje Basado en Problemas (ABP), como metodología clave, que se complementa con otras metodologías basadas en el aprendizaje activo y experimental, en las que el estudiante es el protagonista de su proceso de enseñanza-aprendizaje y donde los espacios de reflexión, la cooperación, la autonomía y el aprendizaje mediante la simulación cobran especial importancia. A través del ABP los estudiantes construyen su conocimiento sobre la base de problemas de la vida real. El objetivo no se centra en resolver el problema sino en que este sea utilizado como base para identificar los temas de aprendizaje para su estudio de manera independiente y grupal.

¿Cuál es la oferta académica que ofrecen en la Facultad de Salud?

Todos nuestros estudios nacen desde la vocación de servicio a la sociedad en la que nos encontramos inmersos y actualmente nuestra oferta académica está centrada en:

4 grados

  1. Enfermería. Campus de Bilbao y San Sebastián.
  2. Fisioterapia. Campus de San Sebastián.
  3. Medicina. Campus Bilbao
  4. Psicología. Campus Bilbao
  • 1 doble grado. Fisioterapia + CAFyD. Campus de San Sebastián.
  • 12 másteres
  • 2 especializaciones

Fomentamos la movilidad internacional, con la posibilidad de estudiar en otro país o comunidad autónoma, gracias a programas de intercambio con prestigiosas universidades estatales y europeas. Contamos con prácticas garantizadas en la que el alumnado se aproxima a la realidad profesional a través de un plan personalizado y tutorizado a nivel individual. Y ofrecemos una formación continua, al finalizar el grado ofrecemos la opción de ampliar la formación con posgrados y doctorados en el ámbito de la salud.

Además contamos con diferentes espacios para el aprendizaje:

Edificio DeustoBio. Más de 900 m2 en el campus de Bilbao dedicados a las ciencias de la salud. Cuenta con:

  • 3 Laboratorios «Rosalind Franklin» con zona de Biología, Bioquímica y Genética y zona de Histología.
  • 3 Laboratorios de Biomecánica y de Fisiología.
  • 3 Hospital Virtual Padre Arrupe con salas de control, de debriefing y habilidades clínicas y de simulación (consultas, habitación de planta, unidad de cuidados intensivos UCI, quirófano).

Deusto Psych. Unidad de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en Psicología y Salud. Tiene más de 700 m2 en el campus de Bilbao y cuenta con unos laboratorios especializados de referencia en el País Vasco,  y acogen recursos para la investigación y formación avanzada.

Edificio Larramendi. Nuevas instalaciones en el campus de San Sebastián para la actividad docente e investigadora en el área de la salud. Cuenta con:

  • 3 Hospital virtual con zona de consultas, gimnasio terapéutico, zona de hospitalización y sala UCI (Unidad de Cuidados Intensivos).
  • 3 Laboratorios de Biomecánica y Neurociencias, de Fisiología, y de Anatomía y Ciencias Naturales.
  • 3 Aulas teórico-prácticas equipadas con utillaje especializado.
  • 3 Gimnasios de diverso tipo y dimensión: para actividad física, gimnasio-tatami y espacio-fitness.
  • 3 Polideportivo: amplia cancha deportiva con graderío y servicios complementarios.

Mutualia, es una de las entidades con las que tiene un convenio de colaboración para docencia y prácticas del alumnado. ¿Considera fundamental el acompañamiento al alumnado por parte de los profesionales sanitarios para su futuro desarrollo profesional?

Por supuesto. Los profesionales sanitarios que se han incorporado al claustro docente de la Facultad son una pieza fundamental que lo completa y enriquece.

Por otra parte las prácticas en ámbitos profesionales de salud constituyen una excelente oportunidad para nuestros/as estudiantes que son posibles gracias al compromiso y  buen hacer de las entidades con las que la Facultad mantiene convenios de cooperación educativa.

En estos centros de prácticas nuestros estudiantes se encuentran desde el primer momento con profesionales con un gran bagaje, que les acompañan en el proceso de conocer la complejidad de la profesión, de integrarse en equipos de trabajo o de poner en práctica las técnicas  y estrategias que han estudiado; además favorecen su autonomía, su curiosidad y  su sentido de responsabilidad.

Sin duda alguna, este acompañamiento constituye un recurso esencial para la formación de estos futuros profesionales.

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE DEUSTO

Pon fin a la violencia contra las mujeres, 25N

En el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las mujeres, Mutualia se adhiere un año más a la campaña lanzada por el Ministerio de Igualdad, que se dirige a los hombres a través del lema en forma de pregunta: “¿Entonces Quién?”

Así como a la campaña de Emakunde: “¿Qué no quieres entender? Solo sí es sí”

https://www.igualdad.gob.es/comunicacion/notasprensa/Paginas/igualdad-presenta-campana-25n-entonces-quien.aspx

https://www.emakunde.euskadi.eus/sensibilizacion/-/25-noviembre-2022/

Mutualia dispone de un procedimiento para combatir el acoso sexual y por razón de sexo y las violencias sexuales en el trabajo que ha sido revisado al objeto de dar respuesta a la nueva legislación en este ámbito, y definir y mejorar los canales de comunicación e investigación. 

Pausas activas en el trabajo y TME

mutualia on

Los trastornos musculoesqueléticos (TME)  afectan tanto a huesos, ligamentos y articulaciones como a músculos, tendones y sistema vascular de las personas. 

Cualquier afección de estas estructuras puede provocar daños a la salud, que pueden ir desde pequeñas molestias hasta cuadros médicos más graves que pueden derivar en una baja laboral o incluso en una incapacidad. 

Son la primera causa de absentismo laboral. El 25% aproximadamente de la bajas laborales se deben a TME y más del 80% de total de las enfermedades profesionales son debidas a ellos. 

En el ámbito laboral, los trastornos más habituales son las contracturas, tendinitis, bursitis,… la mayor parte de ellos localizados en la espalda y en las extremidades superiores (hombros codos, muñecas) aunque las extremidades inferiores también pueden verse afectadas. 

CÓMO PODEMOS PREVENIR LOS TME DESDE LA EMPRESA 

Además de adoptar medidas técnicas y organizativas, en la última década la implantación de estrategias de Promoción de la Salud en el lugar de trabajo ha promovido la adopción de medidas para mejorar la condición física de las personas trabajadoras. Entre ellas, resultan muy interesantes los programas de calentamiento muscular y estiramientos musculares que favorecen la preparación del cuerpo para la actividad a realizar, aumentando la temperatura corporal, el riesgo sanguíneo y la elasticidad de la musculatura. De esta forma, se ayuda a reducir la rigidez, mejorar la flexibilidad muscular, eliminar la carga física acumulada y evitar la formación de adherencias. 

Con el Programa MUTUALIA ON! introducimos a las personas en el hábito de realizar una sencilla rutina de calentamiento y estiramiento muscular en el puesto de trabajo, mediante la PAUSA ACTIVA con una duración aproximada de 7 minutos. 

Para las empresas interesadas proponemos 4 actuaciones diferentes: 

  • Una SESION ÚNICA general y práctica. 
  • Un taller de PAUSA ACTIVA para una TAREA específica. 
  • Un taller de PAUSA ACTIVA para un PUESTO. 
  • Actuación del TALLER DE APOYO a alguna iniciativa de la empresa. 

En todas ellas, la sistemática es parecida: 

  1. Visitamos las instalaciones de la empresa para valorar la carga física generada por la actividad laboral en las personas con las que vamos a trabajar. 
  1. Elaboramos una rutina específica a partir de una serie de 56 ejercicios recogidos en el programa MUTUALIA ON! 
  1. Dependiendo de la actuación a llevar a cabo consensuamos la manera de proceder, se organizan los talleres o la implantación de la pausa activa con la rutina diaria, en los turnos y grupos objetivo, junto con las personas colaboradoras designadas de la empresa y supervisando en todo momento.  
  1. Recogemos la situación previa y al finalizar el taller para valorar la satisfacción y mejora percibida por las personas participantes. 

Tenéis a vuestra disposición en nuestra página web el material de apoyo del programa MUTUALIA ON!: 

Poster taller de descarga muscular 

Z-Card taller de descarga muscular 

Y en nuestro canal de YouTube. 

Si te interesa poner en marcha alguna actuación de MUTUALIA ON! en tu empresa, puedes ponerte en contacto con la Asesoría de Prevención a través de prevencion@mutualia.es 

Gran acogida en la XIX Edición del Foro Mutualia

Entre los días 15 y 18 de noviembre hemos celebrado en Eibar, Donostia-San Sebastián, Bilbao y Vitoria-Gasteiz, las jornadas de la XIX Edición del Foro Mutualia, que ha girado en torno a un tema complejo y de muchísima actualidad:

El Nuevo Sistema de Cotización de Trabajadoras y Trabajadores Autónomos (R.D. – Ley 13/2022, de 26 de julio)


Las jornadas han sido un éxito, ya que han congregado a alrededor de 500 personas de asesorías laborales de Euskadi, que han mostrado un gran interés por el tema propuesto y una elevadísima satisfacción con la ponencia “retadora” presentada por nuestro compañero Letrado de la Asesoría Jurídica de Mutualia, Iñaki Esnal. Tanto es así, que la nota promedio de las encuestas recibidas es de 9,47 sobre 10.


El Foro Mutualia se ha consolidado en Euskadi en los últimos años como un marco de referencia para el análisis de las novedades legislativas de más interés y complejidad, desde una perspectiva práctica, en materia de Seguridad Social.


Si necesitas información sobre el contenido de estas jornadas, o sobre pasadas o futuras ediciones,

Mutualia Reduce, Reutiliza, y Recicla

semana europea de la prevención de residuos mutualia

Un año más, Mutualia, como entidad que integra la sostenibilidad en su gestión, se suma a La Semana Europea de la Prevención de Residuos (EWWR), que se celebra del 19 al 27 de noviembre, y que nace con el objetivo de promover e implantar diferentes acciones de sensibilización para la gestión sostenible de los recursos y la prevención de los residuos.  

Estos son los principales eventos de la EWWR: 

  • Semana Europea de la Prevención de Residuos. Noviembre 

Coordinación de acciones de sensibilización durante una semana al año 

  • Let’s Clean Up Europe. Primavera. 

Implementación de jornadas de limpieza de espacios públicos a nivel europeo 

  • Premio EWWR. Mayo. 

Destinados a galardonar y reconocer las acciones más destacadas en cada edición de la EWWR. 

Las acciones llevadas a cabo en el marco de la EWWR se articulan en torno a las 3Rs: 

  • Reducción de residuos 
  • Reutilización de productos 
  • Reciclaje de materiales 

En Mutualia a lo largo de la semana pondremos en marcha diferentes acciones encaminadas a concienciar sobre la importante de las 3R: Reducir, Reutilizar y Reciclar. Difundiremos mensajes sobre cómo reducir los residuos en nuestra vida diaria, cómo reintegrar la reutilización en nuestro día a día y cómo apoyar el reciclaje, además de la divulgación de píldoras de conocimiento con ejemplos de hábitos sostenibles.

Ley 4/2019, de 21 de febrero, de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca

OBLIGATORIEDAD DEL PLAN DE MOVILIDAD EN EMPRESAS

El próximo día 19 de noviembre vence el plazo para la realización de Planes de movilidad en aquellas empresas del sector público y privado a las que les son de aplicación la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca y  Decreto 254/2020, de 10 de noviembre, sobre Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca.

La Ley 4/2019, de 21 de febrero,  de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca  y su decreto de desarrollo, Decreto 254/2020, de 10 de noviembre, sobre Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca,  establece diferentes medidas encaminadas a la sostenibilidad energética, entre las que se encuentra la obligatoriedad de desarrollar y aprobar planes de movilidad o de transporte en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor del Decreto 254/2020.

En concreto, aparte del sector público, las empresas del sector privado a las que les aplica esta ley, vienen definidas en el Título III de la Ley 4/2019, entre ellas:

  • Sector industrial, empresas radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco que se encuadren dentro de las actividades CNAE de los Grupos B,C,D, E o F
  • Servicios privados y comercio, empresas que se encuadren dentro de las actividades CNAE de los grupos G, I, J, K, L, M P, Q, R S.
  • Sector residencial.
  • Y transportes privados

Algunas de estas empresas tienen la obligación de desarrollar planes de movilidad, según vienen definido en el Decreto 254/2020, en su artículo 34, que establece que:

  • Los centros de trabajo a los que obliga la Ley 4/2019, de 21 de febrero, deben disponer de un plan de transporte a dichos centros aprobado en el plazo máximo de 2 años desde la entrada en vigor de este Decreto.
  • El objetivo principal de los planes de movilidad es reducir el impacto negativo de los desplazamientos al centro de trabajo, mediante un cambio más eficiente y racional del modo de transporte y deberán incluir todas aquellas medidas de transporte que en su conjunto vayan dirigidas a racionalizar los desplazamientos al centro de trabajo y, sobre todo, a terminar con el uso ineficiente del vehículo privado, tanto de las personas trabajadoras como del personal proveedor, personas visitantes y clientes.
  • Se entenderán afectados aquellos centros de trabajo en los que al menos en uno solo de sus turnos se supere el número de 100 personas trabajadoras.
  • A los sujetos obligados anteriormente citados les será también de aplicación lo establecido en el párrafo 4 del artículo 28 del presente Decreto.

El artículo 28 de dicho Decreto, en su párrafo 4º, define el contenido mínimo del plan de movilidad del centro de trabajo:

  1. Caracterización del centro de actividad, incluyendo como mínimo: breve descripción de la configuración del mismo, cuantificación de los principales datos de actividad, el número de personas empleadas, el número de personas visitantes, así como la descripción de actividades y servicios, y cualquier otro dato que se considere relevante.
    1. Diagnóstico de la movilidad del centro de trabajo, basado, como mínimo, en los siguientes análisis:
  2. Caracterización de la movilidad al centro de trabajo.
  3. Análisis de la demanda de movilidad.
  4. Análisis de la oferta de movilidad.
  5. Análisis de la gestión de aparcamientos.
    1. Definición de objetivos e indicadores. Se establecerán objetivos específicos alineados con el objetivo general del plan. Los objetivos serán cuantificables, medibles y tendrán un ámbito temporal definido. Cada objetivo tendrá un indicador asociado, que permitirá conocer sin ambigüedad su grado de cumplimiento. Todos los indicadores contarán con datos de partida.
    1. Plan de Acción. Se describirán las acciones o proyectos a llevar a cabo para lograr los objetivos señalados, identificándose plazos para las mismas y las personas responsables. Las acciones se englobarán en los siguientes ámbitos:
  6. Acciones destinadas a la reducción de la demanda de la movilidad, como la promoción de la opción del teletrabajo o la de realización de audioconferencias o videoconferencias.
  7. Acciones para la gestión racional de la movilidad motorizada.
  8. Acciones de promoción de modos no motorizados.
  9. Acciones de promoción de puntos de carga para vehículos eléctricos e instalaciones de recarga de vehículos a gas.
  10. Acciones en el ámbito del transporte público colectivo, que consigan hacerlo más competitivo frente al vehículo privado.
  11. Acciones que fomenten el transporte combinado, la coordinación de modos de transporte, y similares.
  12. Acciones de sensibilización, dinamización y difusión.

Desde Mutualia ponemos a vuestra disposición un modelo de Plan de Movilidad, donde realizar el análisis de los desplazamientos realizados por los trabajadores en el cumplimiento de sus funciones, así como en el traslado desde su vivienda habitual al trabajo y viceversa; y recoger  las acciones realizadas por la empresa, dirigidas a garantizar la seguridad y saludo de sus trabajadores o trabajadoras en los trayectos que realizan.

Ante cualquier duda pueden ponerse en contacto con la Asesoría de prevención a través de prevencion@mutualia.es

ANTIBIÓTICOS ¿LOS USAMOS DE MANERA ADECUADA? 

USO PRUDENTE ANTIBIOTICOS MUTUALIA

La Semana Mundial de Concienciación sobre el Uso de Antimicrobianos se celebra del 18 al 24 de noviembre, bajo el lema “Prevengamos juntos la resistencia a los antimicrobianos”. 

El Dr. Javier de la Fuente, responsable del Comité de Infecciones de Mutualia, nos explica las consecuencias de un uso indebido de medicamentos y sus principales consecuencias.  

¿Cómo se produce la resistencia a los antibióticos y cuáles son sus consecuencias? 

Los antibióticos son medicamentos utilizados para prevenir y tratar las infecciones bacterianas. La resistencia a los antibióticos se produce cuando las bacterias mutan en respuesta al uso de estos fármacos. Son las bacterias, y no los seres humanos ni los animales, las que se vuelven resistentes a los antibióticos. Estas bacterias farmacorresistentes pueden causar infecciones en el ser humano y en los animales y esas infecciones son más difíciles de tratar que las no resistentes. 

¿A qué nos referimos cuando hablamos de “uso incorrecto de los medicamentos”? 

Más de la mitad de los medicamentos se prescriben, dispensan o venden de forma inapropiada, y la mitad de los pacientes no los toman correctamente, según informa la Organización Mundial de la Salud (OMS). Este uso incorrecto puede adoptar la forma de una utilización excesiva, insuficiente o indebida de medicamentos de venta con o sin receta. 

¿Sigue en aumento la resistencia a los antibióticos, pudiendo llegar a ser ineficaces? 

En 2020 la OMS modificó el slogan «Antibióticos: manejar con cuidado», a «Antimicrobianos: manejar con cuidado» para reflejar el alcance cada vez mayor de las infecciones resistentes a los medicamentos producidas por otros microorganismos como virus, hongos o protozoos. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la resistencia a los antibióticos aumenta a niveles peligrosamente altos en todas las regiones a medida que surgen y se propagan a nivel mundial nuevos mecanismos de resistencia. Con unos antibióticos cada vez menos eficaces, cada vez resulta más difícil, y en algunos casos hasta imposible, tratar a los pacientes incluso para enfermedades infecciosas comunes como la neumonía. 

¿Cuál es el impacto y el coste de este uso indebido? 

Los costes del cuidado del paciente también están aumentando, ya que los antibióticos de primera línea se están sustituyendo por medicamentos más caros. Una mayor duración de la enfermedad y del tratamiento, con frecuencia en el entorno hospitalario, aumenta los costes sanitarios, así como la carga económica para los pacientes y la sociedad. 

Sin embargo, el verdadero coste de la resistencia a los antibióticos se mide en vidas y tasas de infección. Así, el informe Review on Antimicrobial Resistance estima que, a menos que se tomen medidas, la carga mundial de muertes por resistencia a los antibióticos podría aumentar a 10 millones de vidas al año para el año 2050, lo que lo hace más letal que el cáncer y con un coste económico global acumulativo de 100 mil millones de dólares. 

¿Cuáles son los patógenos más resistentes? 

Por ejemplo, entre los patógenos resistentes a antibióticos, uno de los más importantes es la Klebsiella pneumoniae. Representa aproximadamente un tercio de todas las infecciones gramnegativas, incluidas las infecciones de las vías urinarias, la cistitis, la neumonía, las infecciones de heridas quirúrgicas, la endocarditis y la sepsis.  

La bacteria Staphylococcus aureus forma parte de nuestra flora cutánea y también es una causa común de infecciones tanto en la comunidad como en los centros sanitarios. Las personas con infecciones por Staphylococcus aureus resistente a la meticilina (SARM) tienen un 64% más de probabilidades de morir que las personas con infecciones sensibles a los medicamentos. 

¿Existen directrices sobre duración y dosis de un tratamiento con antibiótico? 

Está surgiendo evidencia de que los ciclos más cortos de antibióticos pueden ser tan efectivos como los ciclos más largos para algunas infecciones. Los tratamientos más cortos tienen más sentido: es más probable que se completen correctamente, tengan menos efectos secundarios y también que sean más baratos. También reducen la exposición de las bacterias a los antibióticos, reduciendo así la velocidad a la que el patógeno desarrolla resistencia.  

La OMS publica directrices sobre tratamientos para diferentes infecciones y recomienda duraciones de tratamiento y dosis de antibióticos basadas en la mejor evidencia clínica para cada caso. Se revisan continuamente las últimas investigaciones para poder proporcionar recomendaciones actualizadas a los profesionales de la salud dado que entre los problemas que suelen contribuir a una utilización indebida de los medicamentos, la OMS menciona la polifarmacia (consumo de demasiados medicamentos); el uso excesivo de antibióticos e inyecciones; la prescripción no ajustada a las directrices clínicas; y la automedicación inapropiada. 

JAVIER-DE-LA-FUENTE

Dr. Javier de la Fuente 


Responsable del Comité de Infecciones de Mutualia 

MutuaLex – Consulta Noviembre 2022

kontsulta

Sobre vacaciones y prescripción, se amplía el escenario

Extinguida la relación laboral y teniendo en cuenta que la persona trabajadora no disfrutó de las vacaciones en los tres años anteriores a la citada extinción, ¿qué pasa con las vacaciones no disfrutadas?, y ¿cabe la Interpretación directa de la figura de la prescripción?.

En principio, si no se han disfrutado las vacaciones íntegra y efectivamente, respecto al período señalado en el convenio colectivo o por lo dispuesto en el art.38 del ET, se debe proceder a su compensación económica de forma proporcional al tiempo transcurrido del año en curso hasta el momento de la extinción.

Teniendo en cuenta que en principio las acciones derivadas del contrato de trabajo prescriben al año de su terminación (artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo), solo se abonarían las vacaciones correspondientes al último año previo a la extinción, habiendo prescrito las de los años anteriores, todo ello salvo que el convenio colectivo de aplicación disponga otra cosa.

La doctrina comunitaria del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), valorando los distintos derechos nacionales y su necesaria armonización con el derecho europeo, ha determinado que una normativa nacional puede disponer de la pérdida del derecho a las vacaciones anuales retribuidas al término del período establecido en la legislación nacional, siempre que la persona trabajadora haya tenido efectivamente la posibilidad de ejercer dicho derecho.Hemos de tener en cuenta que el derecho a vacaciones anuales retribuidas tiene una importancia especial por su condición de principio del derecho social de la Unión y está expresamente reconocido en el artículo 31.2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

El TJUE, en el asunto C-120/21, proveniente de una cuestión prejudicial del Estado Alemán, ha dictado con fecha 22 de septiembre del 2022 una sentencia con gran trascendencia en la materia que nos ocupa, ya que para dar respuesta a esta cuestión, hay que valorar que para poder apreciar la prescripción, además de las razones de seguridad jurídica, que junto a la ausencia del ejercicio en tiempo de los derechos, son su fundamento, (ya que  transcurrido el periodo de ejercicio de los derechos y el período de reclamación de  los mismos, se extingue el derecho), hemos de  tener en cuenta que dada la diferencia de las partes en la relación laboral, se va a tener que acreditar que el trabajador ha tenido efectivamente la posibilidad de ejercer tal derecho, y, el empresario tiene que haber facilitado de manera efectiva el ejercicio de las vacaciones anuales, sin olvidar por lo tanto  las obligaciones de ofrecimiento e información que le incumben, ya que admitir que el empresario puede invocar la prescripción de los derechos de la persona trabajadora sin haber dado la posibilidad de ejercerlos de manera efectiva, beneficiándose de esta circunstancia, daría  lugar a un enriquecimiento sin causa del empresario, que sería contrario al objetivo de preservar la salud de la persona trabajadora como se reconoce en la normativa comunitaria respecto de las vacaciones.

Por lo tanto, habrá que valorar el caso concreto, atendiendo a diversos elementos, tales como las circunstancias por las que no se han disfrutado las vacaciones en el período establecido, cuál ha sido la labor del empresario en relación con esta cuestión, o qué labores de información ha recabado sobre esta circunstancia. Todo ello porque, de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que incide directamente sobre el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, va a ser posible reclamar una compensación económica por vacaciones no disfrutadas más allá del último año de trabajo, en aquellos supuestos en los que el empresario no haya actuado con la diligencia reforzada que exige este Alto Tribunal.

Raquel Martínez Balbas


Letrado de la Asesoría Jurídica de Mutualia

MutuaLex – Sentencia Noviembre 2022

sentencia

Pensión de orfandad y protección del menor

Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de septiembre del 2022, de la que ha sido ponente el Ilustrísimo señor Don Ángel Antonio Blasco Pellicer, recaída en el recurso 475/2019

La cuestión que se plantea en este procedimiento es determinar si procede incrementar el porcentaje de la pensión de orfandad de una menor huérfana de madre, cuyo padre, progenitor que no percibe pensión de viudedad, ha sido privado mediante sentencia del Juzgado de Primera Instancia, de la patria potestad, por no haberse interesado ni cubierto durante un largo periodo de tiempo las necesidades de la menor.

Los hechos son los siguientes: Por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 6 de agosto del 2015 se reconoce la pensión de orfandad a una menor, de un 20% de la base reguladora correspondiente.

Solicitada por la tutora de la demandante el incremento de la pensión de orfandad, se denegó por resolución de la Entidad Gestora de 15 de marzo del 2016, ya que el padre no había fallecido.

Interpuesta demanda al Juzgado de lo Social número 33 de Barcelona, se estimó la misma, y recurrida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en suplicación, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, por sentencia de 13 de diciembre del 2018, estimó el recurso de suplicación, confirmando la resolución recurrida denegatoria.

Interpuesto recurso de casación para la unificación de doctrina por la representación legal de la menor es el que se resuelve en la presente sentencia.

El Tribunal Supremo interpreta lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento General que determina las cuantías de las prestaciones económicas en el Régimen General de la Seguridad Social y las condiciones de acceso a las mismas, en la redacción dada por el Real Decreto 299/20196.

Este artículo determina las condiciones del incremento de las pensiones de orfandad, en lo que aquí nos ocupa, cuando no existe beneficiario de la pensión de viudedad, incrementándose la pensión del huérfano en un 52%, asimilándose a huérfano absoluto el huérfano con un solo progenitor reconocido.

En la sentencia que comentamos, el Tribunal Supremo hace un análisis sobre el alcance del término huérfano absoluto que ha sido tratado en anteriores sentencias por el alto tribunal, así se ha tratado en supuestos en los que el progenitor que no ha fallecido, pero que por distintas circunstancias no accede a la pensión de viudedad, en supuestos por ejemplo, en parejas que no están casadas o que no han constituido una pareja de hecho, como en la sentencia de 30 de abril del 2014 recaídas en el Rcdu 584/2013, denegando también el incremento, con una interpretación estricta, entendiendo que orfandad absoluta significa la falta de los dos progenitores, lo que se acomoda a nuestro ordenamiento jurídico e incluso a la interpretación gramatical del término orfandad absoluta.

Pero el Tribunal Supremo, analizando el caso concreto, padre privado por sentencia de la patria potestad, y con una interpretación finalista del artículo 38 del Reglamento General antes citado, el régimen de igualdad cualquiera que sea la afiliación de los hijos,  la Ley 40/2007 de 4 de diciembre de medidas en materia de Seguridad Social que reorientan el plus de protección de los huérfanos, que tales incrementos suponen, hacia situaciones en las que por razón de la orfandad absoluta o circunstancias análogas se constate la concurrencia de un estado de necesidad agravado que justifique esa mayor intensidad de las prestaciones a reconocer.

El Tribunal Supremo va a analizar lo que suponen esas circunstancias análogas, que no son sino situaciones distintas de la orfandad absoluta que provocan un estado de necesidad asimilable.

La privación de la patria potestad al progenitor por incumplimiento manifiesto de sus obligaciones con la hija, no estando previsto expresamente la norma, a juicio del Tribunal Supremo, guarda una absoluta identidad de razón con las causas en las que se reconoce la orfandad absoluta, por lo que cabe aplicar a dicha situación la asimilación al supuesto de orfandad absoluta que el aludido precepto establece.

El Tribunal Supremo en el presente caso realiza una interpretación de acuerdo con los criterios hermenéuticos del  Título  Preliminar del Código Civil, artículo 3.1 así como una interpretación individualizada, siempre que queden perfectamente acreditadas las circunstancias del menor, teniendo en cuenta, además de nuestro ordenamiento jurídico nacional, los Tratados Internacionales firmados por España sobre la protección de los Derechos del Niño, con un claro sentido integrador y progresista en cuanto a la finalidad de las prestaciones de seguridad social que atienden a estados de necesidad.

Raquel Martínez Balbas


Letrada de la Asesoría Jurídica de Mutualia