Estas certificaciones son una garantía ante nuestros grupos de interés. Por eso, y a pesar de las circunstancias excepcionales que seguimos viviendo por el COVID-19, Mutualia las ha realizado adaptando el formato de la auditoría en parte presencial y en parte por videoconferencia.
Durante esta auditoría, AENOR ha auditado nuestros sistemas de gestión de Calidad, Medioambiente, Prevención de Riesgos Laborales, Eficiencia Energética, Seguridad de Pacientes, Infecciones y Seguridad de la información.
Los resultados han sido muy positivos: AENOR ha detectado únicamente 2 No Conformidades (en una auditoría de 7 certificaciones), además de varios puntos fuertes y algunas observaciones puntuales.
Nuevo número del boletín de actualidad jurídica Mutualex. Disposiciones de interés general, publicadas en los boletines (B.O.E., B.O.P.V., B.O.T.H.A., B.O.B., B.O.G. y D.O.U.E.).
La Comisión Europea (CE) en su Comunicación de 10 de enero de 2017 sobre “Trabajo más seguro y saludable para todos- Modernización de la legislación y las políticas de la UE de salud y seguridad en el trabajo” señalaba que los riesgos psicosociales, y en particular el estrés laboral, suponen uno de los problemas de seguridad y salud en el trabajo más complejos y en progresivo aumento.
En 2018, tras mandato de la Comisión, el SLIC (Comité de Altos Responsables de la Inspección de Trabajo) aprobó la “Guía para valorar la calidad de las evaluaciones de riesgo y gestión de la prevención con respecto a la prevención de los riesgos psicosociales” y los “Principios de actuación para los inspectores de trabajo con respecto a la diversidad, en particular con respecto a la edad, el género y otras características demográficas”.
El pasado 15 de abril, para adaptar dicha Guía y Principios al marco legal vigente en el Estado y a las atribuciones y competencias de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se publicó el presente Criterio Técnico 104/2021.
Desde Mutualia os trasladamos dicho “Criterio” con el objetivo de facilitar la información las cuestiones que aborda.
A pesar de las dificultades derivadas de la pandemia, un año más y ya van dieciocho, con motivo del 28 de abril día internacional de la seguridad y salud en el trabajo, Mutualia premia la mirada a la Prevención.
El jurado reunido de forma telemática, ha seleccionado entre las más 200 fotografías presentadas, las que considera reflejan mejor los valores de la Prevención de Riesgos Laborales. Estas son las premiadas:
1er Premio de 1200 €: José Vicente con la fotografía “Luz 1”
2º Premio de 900 €: Francisco Javier Domínguez García con la fotografía “Sofocando a la bestia”
3er Premio de 600 €: Ignacio Izquierdo Patiño con la fotografía “Ases del Coronavirus”
El objetivo del concurso es la concienciación y sensibilización de la sociedad sobre la Seguridad y Salud en el Trabajo y conseguir, entre todos y todas, entornos de trabajo más seguros. El jurado compuesto por,
D. Iñaki Olaizola Nogales / Subdirector de Planificación de Osalan
D. José Antonio Carnero Fernández / Jefe de la Inspección de Trabajo de Bizkaia
D. Ismael Calle Sobrón / Director de Gestión de Mutualia
Dª. Mª del Mar Crespo Millán /Responsable de Asesoría de Prevención de Mutualia
tuvo la difícil misión de seleccionar entre más de 200 fotografías de gran calidad, que reflejaban situaciones de riesgo, buenas prácticas y como no las situaciones, vividas en este año tan complicado, derivadas de la pandemia originada por el SARS-CovV-2.
Hoy más que nunca, tu visión cuenta.
Muchas gracias a todos por vuestra participación y enhorabuena a los ganadores.
¿Cuáles son las principales novedades de la Ley de Presupuestos Generales 2021 en materia de Seguridad Social?
LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2021 –
NOVEDADES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Tradicionalmente la Ley de Presupuestos Generales del Estado suele recoger novedades sustanciales en materia de Seguridad Social. Sin embargo, en la recientemente aprobada para el ejercicio 2021 (Ley 11/2020, de 30 de diciembre) los cambios no son numerosos, ciñéndose a las prestaciones de jubilación y de nacimiento o cuidado de menores.
En el caso de la jubilación, en desarrollo del régimen progresivo de acceso a la prestación fijado en las disposiciones transitorias de su norma de referencia (Ley 27/2011, de 1 de agosto), se establece que en el año 2021 podrán acceder a la jubilación plena los que alcancen los 65 años, siempre que tengan cotizados treinta y siete años y tres meses o más a la Seguridad Social. Quien no alcance ese tiempo cotizado, pero sí un mínimo de quince años, tendrá que jubilarse con sesenta y seis años. Obviamente en ambos casos no se trata de supuestos de jubilación anticipada, sino de acceso a la prestación en su régimen ordinario.
En el año 2021 la base reguladora de la prestación se obtendrá de dividir por 336 el sumatorio de las bases de cotización por contingencias comunes de las últimas 228 mensualidades, es decir, los últimos 24 años cotizados. Recuérdese que a partir del 2022 y en años sucesivos, salvo nueva reforma, se contemplarán los últimos 25 años cotizados. Sobre esa base reguladora, a los efectos del cálculo de la prestación, se aplicarán los siguientes porcentajes: por los primeros quince años se reconocerá un 50 % de la prestación, incrementándose en un 0.21 % por cada mes adicional en una horquilla inicial de 1 a 106 meses y en un 0.19 % por los meses posteriores.
En cuanto a la jubilación voluntaria, en 2021 se permite la jubilación con sesenta y tres años si se tienen cotizados treinta y siete años y tres meses o más, e igualmente con sesenta y cuatro años si se alcanza cotización entre treinta y tres y treinta y siete años y tres meses. Claro está, en estos supuestos será de aplicación el coeficiente reductor correspondiente por la anticipación en el acceso a la prestación.
En cuanto a los permisos por nacimiento o cuidado de menores, desde enero de 2021 se iguala su duración para ambos progenitores, por lo que el progenitor que no es la madre biológica puede disfrutar ya de dieciséis semanas, a percibir de forma interrumpida o ininterrumpida. A su vez, para el permiso por adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente, se ha establecido que a partir de 2021, si ambos progenitores trabajan, el período posterior a la seis primeras semanas de descanso obligatorio podrá disfrutarse de manera interrumpida, pudiendo ejercitarse entre la finalización de las primeras seis semanas y los doce meses a contar o bien desde el nacimiento, o bien desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.
DESPIDO IMPROCEDENTE – IMPOSIBILIDAD DE READMISIÓN POR CESE DE LA EMPRESA – SALARIOS DE TRAMITACIÓN
El art. 52 del Estatuto de los Trabajadores contempla que, una vez sea declarado un despido como improcedente, el empresario incumplidor puede optar entre la readmisión del despedido o el abono de una indemnización equivalente a 33 días por año de servicio con un máximo de 24 mensualidades. La opción indemnizatoria implica la extinción del contrato de trabajo, siendo tal extinción coincidente con la fecha de cese efectivo en el trabajo. Ello supone que la opción indemnizatoria, más allá de la propia indemnización, no da lugar al abono de salarios por períodos posteriores al cese efectivo de la prestación de servicios. Por el contrario, la opción de readmitir al trabajador, reponiéndole en su puesto, si bien exime del abono de una indemnización, lleva aparejada la obligación empresarial de pago de los salarios de tramitación que median entre la fecha del despido y la de la notificación de la sentencia judicial que declara la improcedencia, salvo que antes el trabajador hubiese encontrado otro empleo, en cuyo caso será hasta la fecha de inicio del mismo.
Dicho artículo debe ser interpretado en concordancia con el artículo 110 de la Ley Reguladora de la Seguridad Social –LRJS- que contempla que, en el propio juicio sobre el despido, el empresario puede anticipar la opción que ejercerá en caso de declaración de improcedencia, y a su vez señala que, si en esa fase se advierte que la readmisión no es factible por el juzgador, si finalmente se pronuncia por declarar la improcedencia, tendrá por ejercida la opción indemnizatoria y declarará extinguida la relación laboral.
La duda que se planteaba, en lo referente a la interpretación del al art. 110 LRJS, era si en esos casos en los que, en el momento de celebrarse el juicio, la readmisión no resultaba posible por causas ajenas al trabajador, procedía, además de la indemnización compensatoria, el abono de los salarios de tramitación. La circunstancia común que da lugar al supuesto es el del cierre de la empresa o cese de la actividad empresarial tras el despido y antes de la declaración judicial de improcedencia.
Existían al respecto pronunciamientos contradictorios, unos favorables a la no obligación del abono de los salarios de tramitación, dado que la única opción factible es la indemnizatoria, y otros que consideraban que sí habría lugar al abono de los salarios hasta la sentencia. La cuestión ha sido dirimida por el Tribunal Supremo en reciente sentencia de 17 de febrero de 2021 pronunciándose a favor de que sí procede el pago de salarios de tramitación.
El Alto Tribunal parte del supuesto en el que a un trabajador de hostelería se le despide, dejándole además a deber los salarios correspondientes a las vacaciones no disfrutadas. En el momento en el que se celebra el juicio sobre su improcedencia la empresa se encuentra cerrada y sin actividad laboral alguna. El juzgado de instancia estimará la demanda, pero no declarando solamente la improcedencia sino también la extinción de la relación laboral por la imposibilidad de la readmisión al estar la empresa cerrada. La sentencia reconoce el derecho del trabajador a ser indemnizado y al abono de las vacaciones pendientes, pero no así a los salarios de tramitación, al no preverse ese abono expresamente en el citado art. 110 LRJS. Confirmada la sentencia por el Tribunal Superior de Justicia, el trabajador acude en casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, que acogerá su pretensión en base al siguiente razonamiento.
Admite el Alto Tribunal que una interpretación estricta y literal del artículo 110.1.b) LRJS podría llevar a entender que no procede la condena a salarios de tramitación, al no estar expresamente prevista esta condena en el citado precepto, pero señala que, por el contrario, esa aparente omisión no es tal puesto que el precepto debe ser interpretado en concordancia con otros, como el art. 56.3 del Estatuto de los Trabajadores y los artículos 278 a 286 de la propia LRJS. En concreto señala que el art. 286.1 LRJS prevé, en relación con la ejecución de sentencias firmes en materia de despido, que «sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, cuando se acreditase la imposibilidad de readmitir al trabajador por cese o cierre de la empresa obligada o cualquier otra causa de imposibilidad material o legal, el juez dictará auto en el que declarará extinguida la relación laboral en la fecha de dicha resolución y acordará se abonen al trabajador las indemnizaciones y los salarios dejados de percibir que señala el apartado 2 del artículo 281». Entiende que, si en estos casos singulares en los que la readmisión no es factible por causas no imputables al trabajador, la previsión legal en fase de ejecución contempla el abono de los salarios en tramitación, debe colegirse de ello, por cuestión de economía procesal, que tal condena debe producirse en la misma sentencia a ejecutar, una vez constatada por el juzgador la imposibilidad de la readmisión. Una interpretación contraria llevaría a que fueran de mejor derecho aquellos trabajadores que en su demanda no solicitaran la explicita declaración de extinción de la relación laboral por la imposibilidad de la readmisión, y que luego, constatada tal imposibilidad en fase de ejecución de la sentencia, no sólo lucraran la indemnización compensatoria por la extinción ilegítima, sino también los salarios dejados de percibir en el ínterin.
En esta sección de la Unión de Federaciones Deportivas Vascas-Euskal Kirol Federazioen Batasuna vamos a resaltar esta vez las múltiples ventajas de practicar un deporte tan completo como es el triatlón, que cuenta con diferentes clubes en el País Vasco y del que os podéis informar en la Federación Vasca. Es cierto que supone una especialidad algo exigente y con una necesaria dedicación, pero la primera conclusión a primera vista es que supone un entrenamiento de todo el cuerpo, ya que al practicar el triatlón se fortalecen todos los grupos musculares. Así, la natación ayuda en la parte superior del cuerpo, mientras que el ciclismo y el running contribuyen a desarrollar una fuerza corporal más baja. Se desarrollan así los músculos, se amplía la fuerza y se tonifica todo el cuerpo. Además, es lógico que se pierda peso, ya que la combinación de las modalidades citadas de natación, ciclismo y correr, ese entrenamiento tan completo y cruzado -y satisfactorio- depara estar mucho más en forma y quemar grandes cantidades de grasa de todas las partes del cuerpo.
También nos proporciona una mayor energía, debido al aumento de la actividad y, por ejemplo, en el cambio en las dietas, que ayudan a mejorar la productividad a la hora de practicarlo. Aunque algunas sesiones planteadas de entrenamiento son complicadas de superar, y obviamente se nota bastante cansancio, los niveles de energía en general van a ser mucho más altos. La práctica a la vez del ciclismo, running y natación ayuda a reducir la presión arterial, a prevenir la obesidad y la diabetes, así como las enfermedades cardiovasculares, otras enfermedades graves y hasta la depresión. Es decir, el triatlón nos hace sentir bien. Se lee en algunos foros que los-as triatletas tienen los corazones más grandes y una frecuencia cardíaca un 17% por debajo de la media, algo que ofrece una ventaja en la salud para tratar de vivir más y mejor. Y es que una persona se siente así bastante más joven.
Además de notar esa pérdida de peso, el cuerpo recibe unas nuevas oportunidades según las edades. Siempre hay una manera de darle la vuelta a situaciones difíciles con unos programas de entrenamiento cada vez más suaves, que pueden partir de cero hasta convertirse en un gran triatleta con un cuerpo fortalecido. Y es que cada aspecto de una prueba o entrenamiento de triatlón ofrece sus propios beneficios para la salud, lo que ayuda a moldear el cuerpo. La natación establece esa mejor definición en la parte superior del cuerpo y mejora la flexibilidad, mientras que la carrera desarrolla los músculos largos y delgados, y el ciclismo tonifica la parte inferior de nuestro cuerpo mientras, a la vez, se fortalece. El entrenamiento para hacer triatlón ayudará a tratar de comer mejor, llevando una dieta equilibrada y alimentando el cuerpo con aquellos productos que proporcionan energía
para alcanzar todos los objetivos. Otro asunto importante es que, cuando se comienza a mejorar la salud, también se empieza a mejorar la perspectiva sobre lo que se puede lograr y hasta dónde se puede esforzar una persona marcándose retos.
Se comienza a notar así un mayor nivel de confianza y una diferencia en la manera en que también los demás lo perciben. Completar un triatlón supone algo increíble, por lo que da una mayor fuerza y fe en uno mismo. Las personas que lo practican se sienten más seguras y descubren aspectos que antes desconocían. Cuando uno se limita a practicar un solo deporte, running por ejemplo, se castigan las mismas partes del cuerpo, lo que da lugar a lesiones comunes y habituales. Y con la práctica del triatlón, el esfuerzo se hace en tres deportes diferentes, cada uno centrado en distintas partes del cuerpo, restando así el estrés y carga constante de un área en particular. Por lo tanto, con un método de acondicionamiento físico más equilibrado como el del triatlón, se puede disfrutar sin demasiadas lesiones durante más tiempo, lo que conduce a sentir menos dolor y un cuerpo más fuerte. Practicar triatlón puede cambiar tu vida y la forma de verte.
Y es que, cuando comienzas a practicar el triatlón te das cuenta de que, con trabajo, esfuerzo, ilusión y compromiso, cualquier cosa es posible. Además, si se realiza con el equipo, la satisfacción y sensaciones son mucho mejores. El entrenar para un triatlón agudiza la concentración y mejora la productividad. Y nos adaptamos a los cambios en las tres modalidades, porque con ello reducimos el estrés y le perdemos el miedo a las nuevas situaciones, algo que es extrapolable a nuestra vida diaria. Nos mantenemos firmes en nuestra ilusión de entrenar cada día, y eso es motivación. Y el triatlón hace crecer nuestra autoestima. Nos creemos que todo es posible. Un-a triatleta es, por naturaleza, una persona feliz.
Nuevo número del boletín de actualidad jurídica Mutualex. Disposiciones de interés general, publicadas en los boletines (B.O.E., B.O.P.V., B.O.T.H.A., B.O.B., B.O.G. y D.O.U.E.).
Desde la pasada Semana Santa, la DGT viene realizando una campaña sobre la conveniencia del uso del cinturón de seguridad. La campaña está inspirada en imágenes de un anuncio del año 1.973 en la que se podía leer: “Por su seguridad, use el cinturón de seguridad”. 50 años después, el mensaje sigue vigente.
Puede parecer un asunto del pasado, pero no lo es. La DGT tiene que seguir insistiendo en pleno siglo XXI, después de casi cinco décadas, en la importancia de este sistema de seguridad pasiva para evitar fallecimientos en accidentes de tráfico. El anuncio comienza con fotogramas de la campaña del año 1.973 y finaliza con otros de la época actual. Es evidente el paso del tiempo. Se aprecia una evolución social e informativa en la comunicación de campañas, pero el mensaje es el mismo. Llevamos 50 años viendo el mismo anuncio, aunque de diferentes formas, pero con el mismo contenido. ¿Por qué? Por algo realmente preocupante. En 2.020, el porcentaje de fallecidos que no hacía uso del cinturón de seguridad se incrementó del 22% al 26 %, es decir, más de 1 de cada 4 fallecidos no llevaba puesto dicho dispositivo. Increíble pero cierto.
Parafraseando a B. Franklin en su famosa cita “Dime y lo olvido, enséñame y lo recuerdo, involúcrame y lo aprendo”, deberíamos reflexionar profundamente sobre la importancia más que demostrada del cinturón (reducción de fallecidos de casi el 50%) y nuestro compromiso en transmitirlo a los más jóvenes, desde niños incluso, por la importancia del aprendizaje vicario.
Por todo esto, Tráfico nos insta a reflexionar y sobre todo a actuar.
Entrevistamos a Isabel Acevedo, Directora de Producción y Seguridad y Salud Laboral. En el año 2001 nace A&B Laboratorios. ¿Cómo surge la empresa y cuál es su principal actividad?
A&B Laboratorios de Biotecnología es una empresa familiar que surge en 2001 con idea de diseñar, fabricar y comercializar productos químicos y biotecnológicos que sean una alternativa más segura y de menor impacto ambiental a los productos químicos tradicionales. En ello ponemos nuestros esfuerzos 33 personas cada día de las que 7 responden a un perfil técnico formando la unidad de I+D+I, 8 en producción y el resto en tareas comerciales y de soporte de la actividad.
Lo que comenzó como una empresa orientada al mercado nacional, en los últimos años ha generado gran interés en los mercados internacionales, teniendo ya presencia en 20 países.
¿Qué ha supuesto para la empresa este año de pandemia y qué medidas de prevención han adoptado?
Este año de pandemia ha sido muy intenso para nosotros, tanto por la situación sanitaria, como por la tensión que ha supuesto el reto de intentar dar respuesta a una altísima demanda de productos desinfectantes de primera necesidad con una cadena de suministro con grandes problemas e incertidumbres.
De cara al mercado, a través del continuo análisis de los distintos escenarios, hemos intentado explotar al máximo nuestros recursos para dar la mejor respuesta posible a nuestros clientes y a nuestra red comercial, a pesar de las dificultades.
Internamente hemos adoptado medidas de prevención para trabajar en un entorno lo más seguro posible como son el plan de contingencia, la adopción de normas COVID, la creación de grupos de trabajo específicos, la adaptación del plan de limpieza y desinfección, etc. Ha sido un año de buenos resultados y de mucho aprendizaje.
A&B Laboratorios tiene un firme compromiso con las personas y con el entorno, con una apuesta clara por el medio ambiente. ¿Qué medidas abordan en el tratamiento de sus productos para ser respetuosos con el medio ambiente?
Estamos convencidos de que la clave es incorporar el factor de seguridad y de medio ambiente en el proceso de decisión de la fase de diseño de producto teniendo en cuenta todo su ciclo de vida. De esta manera, consideramos las materias primas, su obtención, su procedencia, su peligrosidad, sus envases, la manera en la que producimos en planta, el transporte, el uso y el fin de vida tanto del producto como de sus envases. Si tenemos todo esto en cuenta en la fase de diseño de una manera sistemática y cuantificada, podremos elegir el prototipo más seguro y de menor impacto. Aplicando esta sistemática de Ecodiseño hemos desarrollado productos de una altísima calidad, de mínimo impacto y de gran aceptación en el mercado.
También ponemos muchos esfuerzos en la comunicación para, por una parte, trasladar la información ambiental a través de la cadena de suministro y, por otra, asegurarnos de que a los productos se les da el uso para el que han sido diseñados. De nada sirve diseñar, por ejemplo, un producto limpiador concentrado que requiera 2ml en uso, si el usuario duplica esta dosificación. Todo el esfuerzo de reducción de impacto en la fase de diseño se va por el desagüe. Por eso entendemos que la comunicación eficaz para el uso adecuado del producto es también nuestra responsabilidad.
En el año 2018 A&B Laboratorios fue empresa ganadora en los Premios Europeos de Medio Ambiente, en la categoría de gestión para el desarrollo sostenible. ¿Qué supuso este reconocimiento?
En primer lugar, supuso un empujón emocional que reforzó nuestra manera de entender el negocio y nuestras energías para seguir avanzando en este camino. Reconforta saber que tu trabajo y tus esfuerzos son valorados tan positivamente. Además, también supuso un escaparate internacional para nuestros productos, lo que ha apoyado muy positivamente las labores comerciales.
¿Cuáles son sus principales objetivos en materia de sostenibilidad?
Para este año 2021 hemos desarrollado un plan de sostenibilidad estableciendo objetivos asociados a mapear la cadena de valor, a la integración de los ODS en la estrategia, su seguimiento, comunicación interna y externa, promoción de proyectos de colaboración con agentes tractores y apoyo a comercial con comunicación de aspectos de responsabilidad social.
¿Cómo han integrado los ODS en su estrategia?
El proceso de integración empezó hace más de 2 años, a partir de un diagnóstico de nuestra situación ante los ODS, teniendo en cuenta sobre qué objetivos impactaba nuestra actividad. Tras esa fase relacionamos los objetivos estratégicos con los ODS. De esta manera somos capaces de visualizar cómo nuestros objetivos individuales y locales impactan sobre los objetivos globales. Durante este año integraremos los ODS en los distintos planes de gestión de la organización y que así se vayan desplegando y vayan calando en toda la organización.
¿Cómo consiguen trasladar a sus personas trabajadoras los objetivos de desarrollo sostenible en su actividad diaria?
Por un lado, con campañas de comunicación y sensibilización internas para que todas las personas de la organización conozcamos los ODS y los asociemos tanto con nuestra actividad profesional como también con nuestras acciones en el ámbito doméstico. Y por otro, que estén integrados en la estrategia de la organización, en cada área y en cada proceso hace que los ODS formen parte de nuestros planes y acciones del día a día.
¿Qué retos se proponen de cara a futuro?
El gran reto es continuar avanzando en el camino que nos marcó nuestro fundador, José Luis Gutiérrez, y seguir siendo referentes de innovación y responsabilidad en el mercado nacional e internacional, manteniendo nuestra competitividad y nuestro compromiso con los clientes, con la sociedad y con el medio ambiente.