
Nuevo número del boletín de actualidad jurídica Mutualex. Disposiciones de interés general, publicadas en los boletines (B.O.E., B.O.P.V., B.O.T.H.A., B.O.B., B.O.G. y D.O.U.E.).
Semana del 15 al 21 de mayo del 2021.

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Semana del 15 al 21 de mayo del 2021.

Un deporte completo para cualquier edad
En esta sección mensual de la Unión de Federaciones Deportivas Vascas-Euskal Kirol Federazioen Batasuna incidimos en esta ocasión en las ventajas y beneficios de la práctica del tenis, que cuenta en nuestro entorno con una Federación Vasca muy ágil que trata de dar servicios a los federados y promocionar esta modalidad tan atractiva. Sus objetivos son el tenis de competición y el tenis para todos-as, y con la Licencia federativa procuran ofrecer desde este organismo todo tipo de facilidades. Es una Federación que favorece los torneos de alto nivel como el de Bakio, el de Jolaseta (masculino y femenino) y el del Real Club Tenis de San Sebastián, así como el de la Peña Vitoriana, que probablemente este año sea un 60.000 femenino.
El hermoso deporte de la raqueta es una disciplina deportiva muy completa que requiere a nivel profesional de mucha dedicación, esfuerzo, sacrificio y constancia, pero que también puede disfrutarse desde el lado aficionado para pasar muy buenos ratos. Y es que el tenis se puede practicar a cualquier edad, en unos partidos en los que se comparte y socializa. Es un deporte que precisa de una adecuada ejecución técnica para su correcta práctica, ya que las distintas habilidades en los golpes en este deporte son muy numerosas. Al practicarse con una raqueta y una pelota de tenis requiere tener una coordinación precisa. Estamos ante un deporte, además, muy popular, muy seguido por la televisión en los grandes torneos, y que puede ser practicado por todos los grupos de edad y de ambos sexos.
El tenis puede ser un juego de mucha potencia y velocidad, de grandes explosiones y movimientos para ir a devolver una pelota en espacios cortos, lo que permite una mayor resistencia, aumentar la potencia muscular y encontrar las posturas adecuadas para realizar o devolver los golpes. Los expertos dicen de él que es un deporte que evita la osteopororis, ya que fortalece los huesos. Además, trabaja en gran medida en la coordinación de todo el cuerpo, que es fundamental en el manejo entre la mano y el ojo, en relación con el resto del cuerpo, para poder ejecutar esos golpes correctamente, con agilidad y mejora del equilibrio.
Este deporte también revela importancia en el equilibrio psicofísico, al aumentar la resistencia, mejorar el sistema cardiovascular y prevenir enfermedades como pueden ser la obesidad, la hipertensión y los infartos, además de ser la medicina recomendable para eliminar y aliviar el estrés, dejando al aficionado-a en una mejor forma física y mental. El tenis activa el corazón y el cerebro al ser un juego de análisis en cada tanto y de toma de decisiones, optimiza la circulación y estimula el crecimiento corporal y el sistema motriz. También disminuye los niveles de colesterol y triglicéridos, que pueden causar problemas de salud.
Por todo esto, en resumen, practicar el tenis ayuda a mejorar el equilibrio, la coordinación, el balance dinámico a través de arranques, frenadas y cambios de dirección, la movilidad, la agilidad, la flexibilidad, la fuerza, la velocidad debido a las carreras cortas en sprint y el estado físico, y también ayuda a quemar calorías. Y mentalmente, en el tenis se trabaja la concentración y sus comportamientos en resolución de jugadas según cada golpe del contrario. Promueve la confianza en uno mismo, mejora el sistema inmune y el bienestar general, y ayuda a generar hábitos de nutrición al necesitar alimentarse bien antes y después de cada ejercicio. Y aún hay más, ayuda a aprender a competir y a minimizar los errores, y manejar la adversidad y la presión, aumenta la disciplina y estrategias de juego ante lo que haga el contrario, enseña a ganar y a perder e influye en nuestras habilidades sociales.

Dentro de las obligaciones que tiene un empresario principal, propietario de un hotel, que se plantea contratar a otra empresa, en este caso de reformas, se encuentra la de la comprobación de deudas de Seguridad Social que esta pudiera tener, en aras a la exoneración de responsabilidad que de las mismas pudieran derivar para aquella.
Si bien es cierto que el artículo 42 del ET, sobre subcontratación de obras y servicios, recoge la exigencia del empresario principal de comprobar que los contratistas se encuentran al corriente en el pago de dichas cuotas, y la forma establecida para ello es recabar por escrito una certificación negativa de descubiertos, en ocasiones esta prueba exoneratoria de responsabilidad plantea distintos problemas materiales.
Así, el precepto mencionado regula por un lado la garantía de contratación con un tercero de la ejecución de obras y servicios que se corresponde con la actividad propia del empresario principal, y por otro, garantiza a la Administración la efectiva obligación de ingresar los recursos exigidos.
Respecto de las deudas anteriores a la relación contractual no responde solidariamente el empresario principal dado que el apartado 2 de este artículo se refiere a las obligaciones contraídas por los contratistas durante el periodo de vigencia de la contrata, esto atiende a la finalidad disuasoria de la norma, ya que de resultar positiva, el empresario queda informado del riesgo de una eventual responsabilidad solidaria si lo contrata a sabiendas del descubierto.
Si las deudas nacen durante la ejecución de la obra, la responsabilidad solidaria del empresario principal se ciñe a los descubiertos sufridos durante el tiempo que perdure la relación contractual, exigibles hasta tres años después del fin de la obra.
Suele darse problemas en la Administración a la hora de emitir esos certificados, la norma establece que si la TGSS no los emite en treinta días tras la solicitud, el empresario queda exonerado de responsabilidad solidaria.
Que sólo se prevea este caso, no tiene que impedir el efecto liberatorio de un certificado negativo pese a la existencia de impagos del contratista. Se trataría de una información inexacta que produciría para el empresario principal un efecto análogo a la falta de información por parte de la Administración.
Este caso puede darse cuando la TGSS no esté en condiciones de informar sobre la realidad del estado de los débitos, es decir, ofrece información de los datos que en ese momento tiene, ceñidos a que no le constan deudas reclamadas, pero que no estén reclamadas, no significa que no existan.
Por ello se traslada al empresario que actúe de manera diligente, ya sea in vigilando a la contrata o pacte una manera de estar informado en caso de que se genere una eventual deuda, que permitiría rescindir esa relación contractual.
Nuestros tribunales establecen que el precepto mencionado evidencia deficiencias que afectan directamente a la seguridad del empresario principal en la forma de acreditar la situación del contratista, en caso de que la propia TGSS objetivamente no pueda ofrecer otra información, trasladándole la labor de recabar certificados de descubiertos negativos, aun a sabiendas de que la propia Administración en determinados casos no se encuentra en disposición de emitirlos con seguridad.
Maria Urizar
Letrada de la Asesoría Jurídica de Mutualia

Partiendo de la definición de arraigo laboral y su medio probatorio recogido en el título 124.1 RD 557/2011, la cuestión que se plantea y concluye es, si para poder obtener una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo laboral, resulta imprescindible o no que la acreditación de la relación laboral y de su duración lo sea exclusivamente a través de los medios de prueba establecidos en el art.12.1 RD 557/11, de 20 de abril, párrafo segundo, sobre derechos y libertades de las personas extranjeras en España y su integración social.
Dicho precepto establece, para la concesión de una autorización de residencia por razones de arraigo laboral, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
A los efectos de acreditar la relación laboral y su duración, la persona interesada deberá presentar una resolución judicial que la reconozca o la resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.
El caso en concreto a valorar es el de un ciudadano marroquí, al que la Subdelegación del Gobierno en Almería le desestima su solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo laboral formuladas al amparo del art.31.3 LO 4/2000, de 11 de enero y el art.124.1 RD 557/2011, confirmada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo y revocada por la Sala.
La cuestión es si la Administración y los Tribunales se encuentran obligados a aceptar como prueba del arraigo exclusivamente una resolución judicial o de Inspección de Trabajo que acrediten la relación laboral, o si por el contrario, existen otros medios de prueba.
La respuesta se encuentra en el segundo de los supuestos. Viene a decir el Alto Tribunal que aplicar la literalidad de la norma conllevaría a establecer una discriminación clara entre quienes ven necesario acudir a los tribunales o a Inspección de Trabajo para que se determine la existencia de una relación laboral, esto es, que se legalice o afloren relaciones clandestinas u ocultas, y quienes puedan acreditarlas sin necesidad de acudir a estas Entidades por otro medio de prueba válido, es decir, una relación laboral normalizada.
El Tribunal Supremo unifica doctrina, y se aprueba como válido que el arraigo laboral pueda ser acreditado por cualquier medio de prueba válido en derecho, incluidos los certificados de vida laboral que acrediten una relación laboral que pueda haber derivado de una anterior autorización de residencia que hubiera perdido vigencia.
Esta solución ya venía expuesta de manera previa por el Tribunal Supremo en su sentencia 782/2007, cuando entendió que dicho precepto no restringía otros medios de prueba que pudieran demostrar la existencia de relación laboral, criterio mantenido por el Defensor del Pueblo, en supuestos similares al expuesto.
Maria Urizar
Letrada de la Asesoría Jurídica de Mutualia

Nuevo número del boletín de actualidad jurídica Mutualex. Disposiciones de interés general, publicadas en los boletines (B.O.E., B.O.P.V., B.O.T.H.A., B.O.B., B.O.G. y D.O.U.E.).
Semana del 8 al 14 de mayo del 2021.
El fin del Estado de Alarma ha llegado, pero ello no quita que se tenga que reducir las medidas preventivas. Medidas como el lavado de manos, la distancia social,… las tenemos que seguir manteniendo:
El Ministerio de Sanidad ha actualizado, a fecha 25 de marzo de 2021, el documento sobre “Efectividad de las medidas preventivas para el control de la transmisión”. Dicho informe está sujeto a revisión continua y se actualiza según la evolución de los acontecimientos y los avances en el conocimiento científico-técnicos de la Comunidad científica.
Este documento pretende hacer un resumen analítico de la evidencia científica disponible en torno a las medidas de prevención recomendadas para la reducción de la transmisión y la contención de la pandemia, tanto para la protección individual, como para proteger al conjunto de la población
El documento se basa en la premisa de que ninguna de las medidas de protección es 100% eficaz por sí misma para evitar la transmisión, y que para aumentar la efectividad será necesario combinar varias medidas al mismo tiempo.
A continuación presentamos un breve resumen de los aspectos más destacables de cada una de las medidas propuestas:
Medidas de protección personal
A. Uso de mascarilla
La normativa existente en torno a cada tipo de mascarilla es la siguiente.
| Tipo de mascarilla | Normativa | Eficacia de filtración bacteriana | Sentido protección |
| Mascarillas higiénicas no reutilizable | Especificación UNE 0064 | 95% | Hacia fuera |
| Mascarillas higiénicas reutilizable | Especificación UNE 0065 | 90% | Hacia fuera |
| Mascarillas quirúrgicas | Norma EN 14683:2019 | Hacia fuera | |
| Mascarillas autofiltrantes (FFP2 y FFP3) sin válvula | Norma EN149:2001 | >94% FFP2 >95% FFP3 | Hacia dentro y hacia fuera |
| Mascarillas autofiltrantes (FFP2 y FFP3) con válvula | Hacia dentro |
La eficacia de las mascarillas dependen de:
El tipo de mascarilla y el ajuste adquieren especial relevancia en el caso de la exposición.
B Aumento de la distancia física interpersonal y reducción del tiempo de contacto
Se recomienda:
C. Actitudes que reducen la emisión de aerosoles por las personas
Al hablar alto, hacer ejercicio o cantar se emiten más aerosoles que al permanecer en silencio o hablar bajo. Se recomienda el silencio en los transporte públicos, salas de espera,… En lugares donde no es posible usar la mascarilla, como los restaurantes mientras se está comiendo, es recomendable mantener unos niveles de ruido bajos (no poner música ni televisión) con objeto de reducir el tono de voz de las personas.
D. Priorización de espacios exteriores
Se recomienda un uso prioritario de los espacios abiertos, donde los aerosoles emitidos por la persona se diluyen en un aire infinito. Sin embargo, en estos espacios también se debe llevar mascarilla y guardar distancia interpersonal, ya que, aunque el riesgo de transmisión se reduce considerablemente en el exterior, también se han producido contagios y brotes en reuniones al aire libre.
E. Higiene de manos
La higiene de manos es la medida más sencilla y eficaz para prevenir la transmisión de microorganismos incluido el SARS-CoV-2. Si las manos están sucias la solución hidroalcohólica no va a ser efectiva, por lo que se recomienda el lavado con agua y jabón. Lo más importante es la duración de la fricción (mínimo 40-60 segundos).
Medidas de adecuación de espacios
A. Limpieza y desinfección
Tras los procesos habituales de desinfección, el material genético del virus se detecta en pocas ocasiones, incluso de las Unidades de Cuidados Intensivos y en las pocas ocasiones en las que se ha detectado no se ha logrado cultivar. Estas observaciones parecen indicar que en condiciones reales, los métodos de limpieza y desinfección recomendados son eficaces.
B. Ventilación natural o mecánica
Para reducir el riesgo de transmisión de patógenos mediante aerosoles en ambientes interiores es efectivo mejorar la ventilación (renovación de aire interior con aire exterior. Ésta puede ser natural (mediante apertura de puertas y ventanas), forzada (mecánica) o una combinación de los dos sistemas.
C. Restructuración de los espacios
Se debe garantizar la distancia interpersonal, para lo que se deberán reducir aforos, separar asientos etc. También se recomienda el uso de protectores tipo mamparas para ofrecer protección adicional en algunos casos (tiendas, autobuses, bibliotecas…).
Medidas poblacionales
A. Uso generalizado de mascarilla
Diversos estudios experimentales y comparativos demuestran la eficacia del uso generalizado de las mascarillas por parte del emisor y el receptor, frente al uso unilateral, o no uso. La reducción de la transmisión con una distancia interpersonal de 50 cm no alcanzó el 100% con ningún tipo de mascarilla y oscilaría entre el 70% con el uso de mascarilla higiénica, 80% con quirúrgica y 90-95% con la FPP2 incluso con especificaciones de mejor ajuste.
B. Medidas restrictivas combinadas
El impacto relativo de las medidas restrictivas de la sociedad depende, entre otras cosas, de la situación de partida. Así, en un contexto de utilización generalizada de mascarilla y de reducción de los contactos sociales y la movilidad, el efecto de medidas adicionales sobre las ya existentes será inferior al observado al inicio de la pandemia en el que no había recomendación de ninguna medida.

ODS10: REDUCCIÓN DE LAS DESIGUALDADES

OBJETIVO
Lograr el empleo pleno y productivo, y garantizar un trabajo decente a todos los hombres y mujeres, incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad.
Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.
Alcanzar la participación plena de las mujeres, la igualdad de oportunidades de liderazgo y promover el empoderamiento de la mujer.
ACCIONES
Desarrollar un plan de gestión y retención del talento que incluya la gestión de las relaciones con otras organizaciones e instituciones.
Desplegar plan de euskaldunización.
Elaboración de plan atención a la diversidad de mutualistas.
Adecuación al RD1112/2018 de accesibilidad para entornos web y apps para dispositivos móviles del sector público.
Incorporación de las necesidades y expectativas de las y los usuarios sobre humanización en los procesos de atención.
Voluntariado en programas de empoderamiento, de voluntariado y/ o redes de apoyo a personas que requieren inclusión en todos los niveles.
Despliegue del sistema de evaluación por competencias.
Establecimiento de criterios de consolidación de puestos ante promociones/contrataciones.
Elaborar próximo plan de igualdad y avanzar en las medidas que garanticen la igualdad.
Definición de un sistema de retribución transparente y equitativo.
Incorporar mecanismos de información y apoyo a personas trabajadoras que puedan estar en situación de vulnerabilidad y desigualdad (sistemas proporcionales en las ayudas de estudios…)
Potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas.

Se calcula en cerca de 15.000 los accidentes que cada año se producen en carretera por colisión con vehículos averiados mal señalizados.
Por otra parte, casi el 40% de las averías que inmovilizan un vehículo en carretera son de origen eléctrico, con lo cual, en muchas ocasiones no funciona la luz de señal de emergencia.
Bajarse de un coche averiado para colocar los triángulos aumenta el riesgo de atropello. Entre 2019 y 2020, han fallecido, en esta tarea, cerca de 30 personas.
Recordemos que los triángulos de preseñalización de peligro deben colocarse a 50 metros como mínimo por detrás en vías de sentido único y en las de doble sentido con más de tres carriles. En el resto, colocaremos uno por delante y otro por detrás, también como mínimo a 50 metros del vehículo averiado.
Por lo tanto, la distancia que debemos recorrer es importante por lo larga y peligrosa.
Pongámonos en situación. Un paseo de estas características por autopistas, autovías y convencionales sin arcenes… decía Sófocles que para quién tiene miedo todo son ruidos y esto es mucho ruido.
La realidad nos muestra diariamente que en la mayoría de las ocasiones no se colocan correctamente los triángulos. 10 o 15 m. como mucho, precisamente por el peligro que supone colocarlos.
Ante todo lo expuesto anteriormente, la DGT, ha decidido dar respuesta a esta situación de peligro.
Debe utilizarse al detenernos en las vías ante cualquier situación de emergencia. La colocaremos en la parte más alta del vehículo para garantizar su máxima visibilidad, no necesitaremos salir y mucho menos caminar por la calzada sorteando el tráfico como ocurría con los triángulos.
Este dispositivo emite una luz visible a 1 km. de distancia e incorpora un sistema de geolocalización que envía cada 100 segundos la ubicación del vehículo a la nube de la DGT 3.0 para que la información llegue a todos los conductores a través de los paneles de mensaje variable.
A partir del 1 de julio de 2021 podremos optar por utilizar este nuevo dispositivo (con o sin geolocalizador) o continuar con los triángulos. Será el 1 de enero de 2026 cuando se eliminará definitivamente el uso de los triángulos actuales, siendo obligatorio el uso del nuevo dispositivo para señalizar las emergencias (con geolocalización).
Cómo vemos se trata de un dispositivo más sencillo y más seguro.
Triángulos, muchas gracias y dejad paso, llega la renovada V16
¡¡POR FIN!!.
El 12 de mayo celebramos el Día Internacional de la Enfermería, que nace con motivo del aniversario del nacimiento de Florence Nightingale, considerada la fundadora de la enfermería moderna, y con el objetivo de rendir un merecido homenaje a todos los enfermeros y enfermeras que a nivel mundial realizan esta loable labor para toda la ciudadanía.

Este año el tema del Día Internacional de la Enfermería es el siguiente: “Una voz para liderar. Una visión de futuro para la atención de salud”, con el que se trata de ver cómo la enfermería mirará hacia el futuro y encontrará nuevas formas de actuar, transformando la atención del paciente en todo el momento.
En Mutualia hemos querido rendir un pequeño homenaje a nuestras y nuestros compañeros de enfermería. Unas líneas para engrandecer su labor diaria, para dar las gracias a quienes en momentos difíciles siempre están ahí, muy cerquita, con su fiel compromiso de cuidarnos y de darnos lo mejor. Y hemos recopilado algunas respuestas que nos han remitido sobre “Qué significa tu profesión” :
“Decidimos ser enfermeras convirtiendo nuestra profesión en un estilo de vida. Sentía que tenía que ser enfermera” “Más de 25 años trabajando como enfermera y todavía aprendiendo, enseñando y con muchas ganas de trabajar en equipo, es un buen futuro, ¿no?” “Comprometerme con los pacientes, realmente es mi verdadera vocación” “Porque cada persona enferma que tratamos nos enseña algo” “No sé por qué quería ser enfermera pero lo que sí sé es que no quiero dejar de serlo” “Acompañar a los pacientes en los momentos más vulnerables y demostrarle que les quiero cuidar” “No es algo que yo pueda expresar, lo siento…” “Estoy segura de que quiero estar donde quiero estar y que tengo la suerte de disfrutar de mi trabajo”
Muchas gracias a quienes deciden hacer del cuidado de las personas su profesión.

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Semana del 1 al 7 de mayo del 2021.