Disposiciones de interés general, publicadas en los boletines (B.O.E., B.O.P.V.,
B.O.T.H.A., B.O.B., B.O.G. y D.O.U.E.), Semana del 21 al 27 de marzo de 2026.
Participación de Mutualia en la 24 edición de la Korrika
Durante el trayecto, se han dedicado unas palabras de gratitud a Urtsa Errazti, presidente de la mutua y una de las personas fundadoras de esta iniciativa, por transformar sus visiones de los años ochenta en un movimiento tangible.
Asimismo, se ha resaltado la labor de Mutualia por integrar el euskera como una lengua activa dentro de su entorno profesional cotidiano.
















ACTO DEL DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
El próximo 24 de abril celebraremos el Acto del DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO, un evento de gran relevancia que pone de manifiesto nuestro compromiso con la protección, el bienestar y la salud de las personas en el ámbito laboral.
La cita tendrá lugar en la sala Yimby de Bilbao, en horario de 12:00 a 14:00 h.
La jornada estará dedicada a analizar cómo garantizar entornos de trabajo psicosociales saludables, promover el desarrollo personal de las personas trabajadoras, y fortalecer las organizaciones.
Además, entregaremos los Reconocimientos 0Bidean a las empresas seleccionadas, como reconocimiento a su labor y compromiso con la prevención, y anunciaremos los premiados del Concurso Miradas de Prevención.
Todo ello con el objetivo de concienciar y sensibilizar a la sociedad sobre la Seguridad y Salud en el Trabajo y conseguir, entre todas las personas, entornos de trabajo más seguros.
En los próximos días recibirás la invitación formal con el programa detallado. Será una excelente oportunidad para establecer contactos, aprender y contribuir al avance de una cultura preventiva en nuestras organizaciones.
¡RESERVA LA FECHA EN TU AGENDA!
No te pierdas este evento clave para seguir impulsando la seguridad, la salud y el bienestar en el entorno de trabajo.
Horario de Centros Asistenciales de Mutualia Semana Santa y Semana de Pascua 2026
El horario de los centros asistenciales de Mutualia se verá modificado desde el lunes 30 de marzo al viernes 10 de abril de 2026 (ambos incluidos), los centros operarán en el siguiente horario:
- Horario: de 8:00 a 15:30 horas
- La excepción será el Centro de Azkoitia que permanecerá cerrado.
Las clínicas de Ercilla y Pakea mantienen su servicio habitual de 24 horas, al igual que el Hospital de Alta Resolución de Vitoria-Gasteiz que permanecerá abierto de 08:00 a 20:00 (urgencias fuera de ese horario en el Hospital Vithas (antiguo H. San Jose).
HAR Vitoria-Gasteiz
Mantiene horario de 8:00 a 20:00 de lunes a viernes.
Fuera de horario: Hospital Vithas (antiguo Hospital San Jose).
LLODIO
Mantiene horario de 8:00 a 15:30
CLÍNICA ERCILLA
24 horas
El horario del resto de los centros asistenciales de Mutualia Bizkaia será de 8:00 a 15:30.
CLÍNICA PAKEA
24 horas
El horario de los centros asistenciales de Mutualia Gipuzkoa será de 8:00 a 15:30.
El centro de Azkoitia permanecerá cerrado.
MutuaLex – Consulta marzo 2026
El artículo 48.bis del Estatuto de los Trabajadores (ET) contempla la posibilidad de un permiso parental de máximo ocho semanas, por semanas continuas o intermitentes, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años, permiso disfrutable a tiempo completo o parcial.
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en recentísima Sentencia de 26 de enero de 2026 ha resuelto una cuestión relativa al citado permiso parental: si durante su disfrute se devengan vacaciones o no.
El Tribunal Supremo determina que la suspensión del contrato de trabajo derivada del disfrute de un permiso para la conciliación de la vida personal, familiar, laboral o profesional, como es el permiso parental, debe considerarse tiempo de trabajo efectivo, a los efectos de computar este periodo para la determinación de la duración de las vacaciones.
Afirma que en España coexiste el permiso por nacimiento y cuidado del menor, junto al permiso parental de un máximo de ocho semanas de duración, para el cuidado del hijo o hija menor de ocho años. Considera que ambos permisos estarían incluidos en lo que la Directiva Europea de aplicación (Directiva 2019/1158) denomina “de conciliación permiso parental”.
Razona el Tribunal que el permiso parental del artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores debe tener un tratamiento en esta materia común al del permiso por nacimiento y cuidado de menor por encuadrase en el ámbito del permiso parental comunitario, con independencia de que, en la transposición al Derecho español, ambos permisos tengan una regulación diferenciada. Se considera que la doctrina sentada en este punto por la Sentencia del TJUE de 4 de octubre de 2018, Dicu (C-12/17) respecto del “permiso de maternidad”, (cuyo equivalente en España es el permiso por nacimiento y cuidado de menor), es extensible al permiso parental del artículo 48 bis ET.
Letrado de la Asesoría Jurídica de Mutualia
MutuaLex – Sentencia marzo 2026
Los artículos 49 y 238 y siguientes de la Ley General de la Seguridad Social -LGSS- permiten a las empresas mejorar voluntariamente las prestaciones de Seguridad Social. Ejemplo de ello es la inclusión en infinidad de convenios colectivos de la obligación empresarial de complementar las prestaciones por incapacidad temporal hasta el íntegro de los emolumentos que de ordinario corresponderían.
La Sentencia comentada dirime la cuestión de si a las reclamaciones de tales mejoras complementarias les es de aplicación el plazo de efectividad limitada a los tres meses anteriores a la solicitud contemplada en el artículo 53.1 de la LGSS.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ya se ha pronunciado en otros supuestos favorablemente a la aplicación del plazo limitativo de efectos del artículo 53.1 de la LGSS, básicamente cuando lo que se discute no es el propio derecho a la prestación, sino alguno de sus elementos (importe, contingencia, etc.). Ejemplo de ello es la doctrina emanada de sus Sentencias nº 22/2021, de 13 de enero, y nº 895/2022, de 10 de noviembre, que determina para el caso de los expedientes de determinación de contingencia de incapacidad temporal que la fecha de efectos económicos, al amparo del artículo 53.1 de la LGSS, no puede retrotraerse más allá de los tres meses anteriores a la solicitud.
En el caso de la Sentencia comentada un facultativo sanitario reclama a su empleador diferencias respecto del complemento sobre subsidios de incapacidad temporal que, como mejora voluntaria, se prevé en el convenio colectivo de aplicación. El trabajador discrepa sobre su cálculo al considerar que determinados conceptos retributivos (atención continuada, guardias) no se han considerado para fijar correctamente el complemento a percibir, procediendo a su reclamo a los cinco meses de iniciar el proceso de incapacidad temporal.
En primera instancia, su reclamación es parcialmente estimada, concediéndole una suma inferior a la reclamada, al entender el juzgador que los efectos de la estimación no podían retrotraerse más allá de los tres meses anteriores a la reclamación, lo que suponía la denegación con respecto a los complementos correspondientes a los meses de incapacidad temporal precedentes. Sin embargo, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña, estimando el recurso del trabajador, accederá al reconocimiento íntegro de la suma reclamada, considerando inaplicable al caso la limitación de efectos económicos del artículo 53.1 de la LGSS. El TSJ considera que es de aplicación al caso el plazo de caducidad del artículo 54 de la LGSS.
Recurrida en casación para unificación de doctrina, el Tribunal Supremo resuelve la cuestión invocando su propia doctrina relativa a los supuestos en los que resultan de aplicación los plazos de los artículos. 53 y 54 de la LGSS. Aclara que el plazo de caducidad del artículo 54 de la LGSS se aplica a aquellos supuestos en los que el derecho al percibo de una prestación ya reconocida caduca por la desidia o demora del beneficiario en su reclamación. Por el contrario, el supuesto del artículo 53.1 de la LGSS se refiere a los supuestos en los que se discute el propio derecho a la prestación.
Considera la Sala que en este caso lo que se discute es una diferencia en el importe del complemento, no incluida en el acto inicial de reconocimiento, es decir, se reclama contra una falta de reconocimiento de una parte del derecho y no contra la falta de pago de un derecho ya reconocido. Por tanto, estima que es de aplicación al caso el plazo limitativo de efectos del artículo 53.1 de la LGSS, reconociendo al trabajador parcialmente el complemento, en consonancia con lo declarado en la Sentencia de instancia, y revocando la sentencia del TSJ recurrida en casación de doctrina. Esta doctrina será a su vez reiterada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en posterior Sentencia de 12 de noviembre de 2025 (núm. 1055/2025 – Recurso 4182/2023).
Letrado de la Asesoría Jurídica de Mutualia
MutuaLex nº 378
Disposiciones de interés general, publicadas en los boletines (B.O.E., B.O.P.V.,
B.O.T.H.A., B.O.B., B.O.G. y D.O.U.E.), Semana del 14 al 21 de marzo de 2026.
El Premio a la Mejor Sugerencia Externa de 2025 queda desierto
La decisión responde a la búsqueda de la excelencia y la viabilidad técnica
En un ejercicio de transparencia y compromiso con la calidad, la organización ha decidido dejar desierto el Premio a la Mejor Sugerencia Externa de 2025. Esta decisión ha sido tomada tras un exhaustivo análisis de todas las propuestas recibidas.
Algunas de las sugerencias presentadas no alcanzaron el nivel de innovación o novedad esperado para este reconocimiento que busca precisamente impulsar ideas transformadoras y originales. El resto de las propuestas, aunque eran interesantes, resultaban actualmente inviables desde el punto de vista técnico, lo que impedía su correcta implantación actual a corto o medio plazo.
Agradecemos sinceramente la participación y el esfuerzo de todas las personas que en 2025 compartieron sus ideas y animamos a seguir contribuyendo en futuras ediciones, donde la innovación y la viabilidad seguirán siendo los pilares fundamentales para la selección de la sugerencia premiada.
MutuaLex nº 377
Disposiciones de interés general, publicadas en los boletines (B.O.E., B.O.P.V.,
B.O.T.H.A., B.O.B., B.O.G. y D.O.U.E.), Semana del 7 al 13 de marzo de 2026.
“Dolor crónico sin patología”, cambio de paradigma
El Dr. Iñaki Aguirrezabal, médico de la Unidad de Afrontamiento Activo del Dolor en la OSI de Araba, Osakidetza, nos explica en esta entrevista la diferencia entre dolor y daño, cómo el cerebro puede mantener el dolor aunque no exista lesión y cómo cambiar nuestras creencias erróneas para recuperar la funcionalidad.
Hay un aumento de la prevalencia de personas que padecen dolor crónico. En Euskadi, ¿qué porcentaje de población adulta lo padece?
Según los últimos datos del Barómetro del Dolor Crónico en España de 2022, en la CAPV la prevalencia de dolor crónico es del 25%.
¿Qué es el dolor y cómo se mide?
La Asociación Internacional para el estudio del dolor define el dolor como
«Una experiencia sensorial y emocional desagradable asociada con, o similar a la asociada con, un daño tisular real o potencial”
Es decir, que como experiencia personal solo puede ser medida a través de lo que expresa la persona que lo siente. Nosotros solemos poner otra definición que es “El dolor es lo que la persona siente cuando dice que tiene dolor”.
¿Por qué se afirma que el dolor no es igual a daño?
El dolor y el daño son dos conceptos distintos. El daño se refiere a la lesión en los tejidos del cuerpo, que suele ir acompañada de activación del sistema nociceptivo, que es el sistema que se encarga de detectar daño o peligro de daño en el cuerpo. Y el dolor es la experiencia que vive la persona asociada al daño, pero que también puede experimentarse sin que exista un daño. De hecho, hay muchas personas que tienen dolor en las que no se encuentra ningún daño relacionado con ese dolor.
En este contexto, ¿qué nos enseñó la teoría de la compuerta propuesta por Ronald Melzack y Patrick Wall?
Esta teoría fue un paso importante en la comprensión del dolor, ya que puso de relieve la importancia del sistema nervioso en el procesamiento de la información de señales de peligro que van desde los tejidos hacia el sistema nervioso central.
¿Cómo evalúa el cerebro la sensación de dolor?
Para que se produzca la activación de la compleja red neuronal que conlleva la experiencia del dolor, el cerebro utiliza de toda la información de que dispone: una parte de esa información viene desde los múltiples receptores que hay distribuidos por todo el organismo y que le informan a tiempo real del estado del mismo. Pero esa es solo una parte de la información. También utiliza información guardada en memorias de nuestras experiencias, experiencias ajenas, las creencias, los contextos, los significados…y con todo ello evalúa en cada momento las posibles amenazas al organismo. Y si “llega a la conclusión” de que existe una amenaza activará el dolor como señal de alarma para avisar a la persona del peligro y motivar en ella una conducta.
Si el dolor depende en parte de cómo el cerebro interpreta la información, es lógico pensar que nuestras creencias puedan influir en esa percepción. Existen una seria de creencias negativas sobre el dolor. ¿Cuáles son las más frecuentes?
- El dolor se relaciona con los cambios de tiempo: esta creencia es un clásico, sobre todo entre las personas mayores. Sin embargo, cuando se han hecho estudios, no se han encontrado relaciones entre las diferentes variables meteorológicas (temperatura, presión atmosférica, humedad, viento, …) con el dolor. Por otro lado, habría que encontrar una explicación biológica a esa relación, es decir, cómo un cambio en cualquiera de esas variables puede activar el sistema nociceptivo (el sistema de peligro), y no se encuentra esa explicación. Curiosamente, además, aquí las personas tienen asociado el aumento de dolor con el frío y la humedad y la comunidad autónoma que más prevalencia tiene de dolor crónico es Extremadura. Una explicación para esta creencia es lo que en psicología se conoce como “El sesgo de confirmación”, que viene a decir que nos quedamos con aquella información que confirma lo que creemos. Por ejemplo, si me duele la cadera y ha cambiado el tiempo, esto confirma mi creencia. Pero si cambia el tiempo y no me duele la cadera, o si me duele la cadera y no cambia el tiempo, esto mi sistema no lo procesa.
- La carga por sobrepeso corporal favorece la degeneración discal: por desgracia este es un mensaje que se suele trasladar con cierta frecuencia a las pacientes con dolor de espalda y que tienen obesidad y es que su dolor de espalda está relacionado con su peso. Y esto que, en principio parece que es bastante lógico, cuando se ha estudiado se ha visto que no hay una correlación directa entre el peso y la degeneración discal. Es más, en un estudio la conclusión que sacaron los autores fue había un ligero retraso en la “desecación” del disco en hombres con más peso comparados con sus hermanos gemelos. Parece que la relación entre la obesidad y el dolor de espalda tiene más que ver con que las personas obesas también hacen menos ejercicio que las personas sin obesidad.
- Evitar actividades que produzcan dolor: este también suele ser un mensaje bastante frecuente de los profesionales a las y los pacientes, que hagan actividad física pero que paren en cuanto sientan dolor. De esta forma muchos pacientes no harían nada de ejercicio ya que el dolor es continuo o aparece a la mínima actividad. El mensaje tiene que ser que realicen actividad física, aunque sea con algo de dolor y que vayan aumentando de forma progresiva, muy lentamente, sin llegar al punto en el que el dolor se reactiva. Y muy importante, cambiar el significado que se le atribuye al dolor. En vez de pensar en “me estoy lesionando” pensar en que “tengo un sistema sensibilizado que me está sobreprotegiendo y tengo que ayudarle a desensibilizar”.
- La importancia de saber levantar peso para no dañarnos: siempre se ha aconsejado que la forma correcta de levantar pesos es doblando las rodillas y manteniendo la espalda recta. Sin embargo, aunque parezca mentira, esto carece de evidencia científica. En la guía británica de “Manipulación manual en el trabajo” se aconseja que “es preferible flexionar ligeramente la espalda, las caderas y las rodillas al comenzar el levantamiento”.
- Correr es malo para la espalda: otro mito muy difundido y avalado por profesionales sanitarios es que correr es malo para la espalda. Sin embargo, diversos estudios han demostrado los beneficios de correr, como: disminuye las sustancias proinflamatorias en las articulaciones de las rodillas; en personas con artrosis de rodilla mejora el dolor y no empeora la artrosis; aumenta el grosor del cartílago articular en la rodilla; mejora los discos intervertebrales, tiene efecto en la disminución del dolor como 20mg de morfina.
- La hernia es para toda la vida: la mayoría de protrusiones y hernias discales que se encuentran en las resonancias magnéticas no tienen relación con el dolor, son hallazgos que tienen que ver con los cambios naturales por la edad. Sin embargo, en algunos casos el dolor sí puede estar relacionado con una hernia discal, sobre todo si se produce de forma aguda o subaguda. En estos casos lo que se ha visto es que la evolución natural de la hernia en la mayoría de los casos es a la regresión. Los estudios dicen que hasta casi un 70% de estas hernias desaparecen al cabo de 9-12 meses, incluso se ha visto que cuanto mayor sea la hernia, mayor probabilidad de que desaparezca. Es más, en un estudio en el que no se utilizaron antiinflamatorios para tratar la hernia la desaparición fue del 100%.
¿Cómo influyen las variables psicosociales como el miedo, el estrés o la ansiedad?
La evolución natural de una lesión, si los mecanismos de reparación del organismo funcionan bien es hacia la reparación de la lesión. Y esto puede ocurrir en un tiempo variable dependiendo de varias circunstancias como el tipo de tejido o el grado de lesión. Si en un tiempo prudencial en el que supuestamente el organismo ha reparado el tejido, pero el dolor persiste en el tiempo, ese dolor ya no tiene que ver en cómo está el tejido sino en esa valoración de amenaza del sistema nervioso que sigue existiendo sobre esa zona. Y esa valoración de amenaza tiene que ver con lo que llamamos variables psicosociales: las creencias de las que hemos hablado antes, las expectativas, los significados que atribuimos a lo que nos pasa, el miedo a tener algo grave o el mismo miedo al dolor, el afrontamiento pasivo (“yo no puedo hacer nada, la solución me la tiene que dar los demás”), el estrés laboral, la baja clase social, … todo esto puede contribuir a seguir manteniendo la percepción de amenaza y, por tanto, el dolor.
Si estas creencias influyen en cómo interpretamos el dolor, ¿cómo construimos la experiencia del dolor?
Cuando la persona experimenta dolor se hace muchas preguntas acerca de lo que le ocurre: ¿qué es lo que tengo?, ¿por qué ha aparecido?, ¿qué consecuencias tendrá?, ¿cuánto va a durar? ¿cuánto control creo que tengo sobre él? Las respuestas a estas preguntas van a venir fundamentalmente de la información que obtenga de los profesionales (ahora también de internet) y en base a qué respuestas encuentre construirá su experiencia de dolor.
Si le han dicho que su dolor es porque tiene una “artrosis de caballo”, que “esto va a ir a peor, cuídate porque si no ya verás cuando tengas 70 u 80 años”, “ten mucho cuidado a la hora de moverte porque te puedes lesionar más”, “Esto va a ser para siempre, vas a tener que aprender a vivir con el dolor” … Es bastante probable que deje de realizar actividades, tenga miedo a moverse, crea que cualquier movimiento le puede empeorar la lesión, y entre en un estado permanente de hipervigilancia sobre cualquier síntoma que aparezca, lo que favorecerá el aumento del dolor. A su vez, el no moverse conllevará un desuso de los tejidos (huesos, articulaciones, tendones, músculos) que conllevarán a un desacondicionamiento del organismo, discapacidad e incluso depresión, entrando en un círculo vicioso que favorece la cronificación del dolor.
Sin embargo, si se le dice que lo que tiene no es grave, que lo habitual es que en un tiempo razonable el dolor vaya mejorando, que los hallazgos en las pruebas de imagen no tienen por qué conllevar necesariamente dolor y se le anima a recuperar progresivamente la actividad con una cierta supervisión, el afrontamiento de la situación cambia por completo y es bastante probable que conlleve la recuperación
¿Cómo podemos conseguir cambiar esas creencias erróneas? ¿Qué realidades pueden ayudar a cambiar la forma de entender el dolor?
- El dolor de espalda es un proceso frecuente, benigno y autolimitado
- La interpretación de las pruebas de imagen suele generar alertas innecesarias
- La espalda no es tan vulnerable como se piensa
- Moverse con confianza y sin miedo
- No hay postura perfecta
Cambiar las creencias que tienen las personas acerca del dolor es complicado. Sobre todo, porque lo más probable que esas creencias las tienen porque algún profesional sanitario se las ha explicado. La ciencia del dolor ha ido cambiando también a lo largo de los años y cosas que antes pensábamos que explicaban el dolor hoy día sabemos que nos son ciertas. Todo lo que se refiere al dolor hoy sabemos que es menos intuitivo de lo que antes se creía y bastante más complejo. Por eso, para cambiar esas creencias tan arraigadas de las personas lo primero que se necesita es ganar su confianza, y para ello, tenemos que generar vínculo con ellas. Una vez ganada esa confianza, con asertividad habrá que ir presentándole lo que dice la ciencia del dolor hoy en día utilizando un lenguaje lo más cercano posible a la persona. De esta forma a veces podremos conseguir que cambie de creencia, pero, aun así, otras veces, por desgracia, no lo conseguiremos.
Si cambiamos esas creencias, ¿podemos cambiar nuestra conducta ante el dolor?
“Ese es el objetivo. De entrada, no se pretende disminuir el dolor, sino cambiar la conducta y ganar funcionalidad. Es decir, conseguir que el/la paciente vuelvan a recuperar actividades que habían dejado de hacer por el dolor.”
Y para conseguir eso, el primer paso es entender el dolor, entender loque les está pasando y quitar miedo al movimiento.
Existe evidencia científica sobre los beneficios del ejercicio aeróbico en la reducción del dolor en personas con dolor musculoesquelético.
¿Por qué el ejercicio aeróbico ayuda a disminuir la sensación de dolor?
El ejercicio aeróbico tiene muchos beneficios a nivel de la salud en general y también en el dolor crónico. Se ha visto que correr 6,3 millas puede disminuir el dolor en la misma medida que una dosis de 10mg de morfina. En personas con dolor lumbar crónico se ha demostrado que el ejercicio aeróbico disminuye el dolor, probablemente en relación con el efecto de los opioides endógenos. Además, el beneficio que produce el ejercicio aeróbico a nivel de la salud general, incluida la salud mental, también puede favorecer que disminuya la valoración de amenaza del sistema y disminuir el dolor.
¿Qué tipo de ejercicio es el más recomendable?
No hay un ejercicio que haya demostrado ser mejor que otro para disminuir el dolor en general. Lo que sí se ha demostrado es que hacer cualquier ejercicio es mejor que no hacer ninguno. Y a la hora de elegir qué ejercicio hacer lo que se aconseja es el que se adapte mejor a las preferencias del paciente, bien por su condición física o por sus gustos personales. Sobre todo, porque ese es el ejercicio que es más probable que mantenga en el tiempo, que al final, es lo que interesa.
¿Cómo deberíamos interpretar el dolor para disminuir esas sensaciones negativas?
Cuando una persona tiene un episodio de dolor por primera vez lo que tiene que hacer es evaluar si se puede corresponder con una lesión o no. ¿Ha sido después de un traumatismo, caída…? ¿La zona dolorida está inflamada? ¿El dolor se acompaña de otros síntomas como fiebre, malestar general, sudoración, náuseas, vómitos, …? En estos casos y siempre que haya dudad hay que acudir a un profesional sanitario para que evalúe la situación.
Una vez que se ha descartado razonablemente patología y si a pesar de ello el dolor persiste, lo aconsejable es seguir haciendo la vida lo más normal posible, evitando dejar de hacer actividades o ir recuperándolas progresivamente si se habían dejado de hacer. Y ante cualquier duda, por supuesto, volver a consultar al profesional sanitario.
¿Cómo aprendemos a entender e interpretar el dolor de otra manera?
Ese es el objetivo principal de los cursos que llevamos a cabo en la Unidad de Afrontamiento Activo del Dolor. Para ello ofrecemos información actualizada sobre el dolor basada en la Neurociencia, apoyada con vídeos, audios, textos para leer, … Existen recursos bibliográficos y actualmente, también hay profesionales que ofrecen cursos online tanto para profesionales como para pacientes.